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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0099-D-2006

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL LA IMPLEMENTACION DE UNA CAMPAÑA DE DIFUSION DE LA REVISION TECNICA VEHICULAR (RTV).

Fecha: 01/03/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para solicitar que, a través de los organismos que corresponda, se implemente una campaña masiva de difusión, tendiente a informar al público y a los trabajadores en particular, de los alcances del decreto 1035/02, de las características que configuran a un vehículo como transporte automotor de cargas, de la obligación de su revisión técnica y de su inscripción en el Registro Único del Transporte Automotor.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 24653 virtualmente equipara a todo aquel que traslada bienes de un lugar a otro en un vehículo, con el transportista profesional que persigue un fin económico directo, sometiéndolos a las mismas normas y requisitos.
El decreto 1035/02 establece que cualquier vehículo que transporte un bien en forma interjurisdiccional con un capacidad de carga igual o superior a los 700 kilogramos, deberá inscribirse obligatoriamente en Registro Único del Automotor (R.U.T.A.) y someterse a una Revisión Técnica Obligatoria, aportando asimismo datos estadísticos esenciales.
De esta manera, pequeños artesanos, profesionales, albañiles, carpinteros, chacareros, etc., que transportan elementos para su trabajo, son obligados a encuadrarse como profesionales del transporte de carga bajo la categoría TCP (transportista con carga propia).
Dado que las atribuciones de la CNRT son amplias (por ejemplo: secuestrar vehículos) y las multas aplicadas son cuantiosas para la capacidad contributiva de los sancionados (desde 10 unidades de sanción económica a 60 o más, equivaliendo cada unidad a 100 litros de gasoil), creemos oportuno hacer conocer masivamente la reglamentación a los trabajadores pymes y al público en general.
Asimismo debemos tener en cuenta que se trata de un caso encuadrado en la doctrina de"ley penal en blanco" que permite a la Administración establecer las infracciones y graduar las sanciones e incluso permite la remisión o reenvío penal normativo a otras instancias reguladoras de rango igual o inferior, dentro de la órbita administrativa.
De algún modo la técnica de "ley penal en blanco" implica una delegación de la potestad legislativa en materia legal y sancionatoria. Esto constituye todo un riesgo, porque en diversos casos, se pueden generar normas que son en gran medida desconocidas por sus propios destinatarios. De ahí la necesidad de la difusión masiva de la normativa que estamos propugnando.
Por estas razones brevemente expuestas, solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SARTORI, DIEGO HORACIO MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
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