COMUNICACIONES E INFORMATICA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4860-D-2006
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CALIDAD Y COBERTURA TERRITORIAL DEL SERVICIO QUE BRINDAN LAS EMPRESAS DE TELEFONIA CELULAR, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 29/08/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
- Dirigirse al Poder
Ejecutivo a fin de solicitar que a través del organismo que
corresponde, se informe:
1. Si las empresas
licenciatarias del servicio de telefonía celular se encuentran prestando
servicios de acuerdo con la normativa de calidad y de cobertura
territorial que se establece en los pliegos de concesión.-
2. Si existen informes
sobre la capacidad de las redes de telefonía celular
3. De ser afirmativa la
respuesta informe se las empresas de telefonía celular tienen la
capacidad de satisfacer el servicio de demanda la actual de acuerdo
con los aparatos que se encuentra en poder de los usuarios.
4. Cuales son los
planes de ampliación e inversiones de las redes de telefonía Celular
atento a que las empresas aumentan sus ofertas de equipos en fechas
claves para el consumo.-
5. Dentro de los
planes de ampliación de las redes de telefonía celular se tienen en
cuenta los efectos que producen las antenas o receptoras en áreas
densamente pobladas.-
6. ¿La capacidad de
las redes de telefonía celular permiten a los usuarios tener acceso con
el uso de la tecnología GSM a fin de obtener la prestación de otros
servicios, como mensajes de texto, imágenes a color, o navegar por
Internet, que brindan los teléfonos celulares de última
generación?
7. ¿Existen planes de
contingencia para dar respuestas al colapso de las redes? De ser
afirmativa la respuesta, explique si la Secretaria de Comunicaciones
cuenta con información referente a estos planes.-
8. Cuáles son las
políticas sobre el servicio de telefonía celular que esa secretaría ha
adoptado para que las licenciatarias del servicio de telefonía celular
realicen las prestaciones de acuerdo a la calidad que se exigen los
parámetros de calidad internacionales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La cuestión atinente a las antenas de
telefonía constituye una problemática harto compleja toda vez que en regulación
es alcanzada por distintas jurisdicciones y en razón de materias diversas que
comprometen aspectos urbanísticos, de seguridad, de salubridad, de imposición,
entre otros. Involucra derechos civiles de consagración constitucional expresa
como la libertad de comercio e industria y derechos denominados de tercera
generación a un medio ambiente sano.-
El uso de los teléfonos celulares, ha
aumentado de manera notable en los últimos años. Esta demanda creciente de la
comunicación celular ha sido necesariamente acompañada por la instalación de
una red de estaciones base de antenas para poder recibir y para enviar las señales
adecuadas a esas comunicaciones.-
En la actualidad se calcula que en
todo el mundo existen aproximadamente 400 millones de usuarios, este aumento
creciente en el uso de esos servicios públicos (aunque en su mayoría son
prestados por empresas privadas), ha generado al mismo tiempo la preocupación
sobre los potenciales efectos indeseados para la salud.-
Según datos del Instituto Nacional de
Estadística y Censos en los últimos doce meses la demanda aumento en 8,5
millones de aparatos celulares. Mientras que se prevén importar en el último
semestre aproximadamente otros 4 millones de teléfonos celulares, con
características tecnológicas de última generación.-
El crecimiento de la demanda de este
servicio con la cantidad de llamadas realizadas que se incrementaron en un 74%
en los últimos doce meses, a esta cifra debe incorporar otros servicios que las
nuevas tecnologías hacen posible, como el envío de mensajes, los servicios de
Internet, fotografía que requieren de una capacidad de almacenaje de datos, y por
consiguiente una ampliación de las instalaciones que requiere el servicio.-
La demanda de este servicio ha
producido deficiencias en su prestación, dado que el sistema colapsa ante un
eventual exceso de llamadas, o simplemente no se puede acceder al uso de
celulares. Estas deficiencias son objeto de permanentes denuncias y reclamos ante
los organismos de defensa del consumidor de todo el país, que al mes de junio del
corriente año han superado los 25.000 reclamos.-
El estado cuenta con normas sobre
calidad de los servicios ya que la Secretaría de Comunicaciones lo establece a
través de la resolución 18.979/99 con fecha 6 de julio de 1999, donde se establece
el Reglamento de Calidad de Servicio para el Servicio de Radiocomunicaciones
Móvil Celular (SRMC) y para el Servicio de Telefonía Móvil (STM). Además la
resolución 490/97 de la Secretaría de Comunicaciones, aprueba el Reglamento del
Servicio de Telefonía Celular, donde se establecen las normas sobre la relación
entre las licenciatarias prestadoras del servicio y los usuarios.-
En esta disposición se determina la
obligación de las empresas prestadoras de servicios de comunicaciones móviles
que deben asegurar la prestación de los servicios al cliente de conformidad con los
términos y condiciones establecidas en los contratos correspondientes.-
En general existen dos factores que
tiene incidencia en la prestación del servicio. En primer lugar la oferta por parte de
las prestadoras del servicio a través de la venta de aparatos celulares, lo que
incrementa la demanda del uso del servicio, sin las correspondientes inversiones
en el sistema de comunicaciones móviles. En segundo lugar la falta de información
respecto de la capacidad del servicio que se brinda a los usuarios.-
Todas estas dificultades mencionadas
dieron lugar a un sinnúmero de reclamos ante la Comision Nacional de Defensa de
la Competencia que han llegado a la justicia ordinaria, que ya ha tomado
decisiones al respecto. El juez resolvió esta medida cautelar, ordenando a las
empresas prestatarias la interrupción de las contrataciones que impliquen directa o
indirectamente la activación de nuevas líneas en esa provincia, hasta tanto se
acredite en forma fehaciente la debida prestación del servicio.-
Sin lugar a dudas el crecimiento de la
demanda, sin una adecuada inversión en las instalaciones que requiere la
prestación del servicio hace colapsar el sistema de comunicaciones por celulares.-
El sistema que realiza estas
prestaciones se encuentra totalmente desregulado y privatizado; en este caso el
Estado es quien debe exigir a las licenciatarias el cumplimiento de inversiones que
permitan la prestación de los servicios.-
Por lo expuesto solicito a los señores
senadores la aprobación del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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ZOTTOS, ANDRES | SALTA | RENOVADOR |
SOSA, CARLOS ALBERTO | SALTA | RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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