COMUNICACIONES E INFORMATICA

Comisión Permanente


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Secretario administrativo CPN RANGUGNI SABRINA

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5534-D-2006

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DEL DECRETO 2628/02, SOBRE FIRMA DIGITAL.

Fecha: 21/09/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137

Proyecto
Dirigirse al poder Ejecutivo para que por intermedio de los organismos competentes se sirva informar:
1. Cuáles son las razones por las que hasta la fecha no se ha dado cumplimiento al Capítulo IV del Dec. 2628/02 por el que se crea el ente administrador que permitirá otorgar las licencias del art. 13 inc. a), impidiendo hasta el presente la utilización de los efectos jurídicos de la firma digital.
2. Si es cierto que se ha llamado a licitación publica para la construcción de una base de datos única destinada a contener diversos tipos de información personal de todos los ciudadanos argentinos para facilitar la expedición de los Documentos Nacionales de Identidad digitales, de prontuarios y de otro tipo de contenidos sensibles, por parte del Ministerio del Interior.
3. En caso de respuesta afirmativa al punto 2) se indique si se ha previsto el uso de firma digital para la construcción de esa base de datos. En este supuesto se informe con detalle en qué transacciones informáticas aplicara la firma digital.
4. Si se han realizado consultas entre la Jefatura de Gabinete de Ministros y los distintos Ministerios acerca del uso de firma digital en dicho proyecto y en la futura emisión del DNI digital y, en caso afirmativo, remita copia de dicho/s informe/s.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 04 de Septiembre de 2006 hemos tomado conocimiento por los medios de comunicación gráfica (v. gr.: Clarín, portada y pág. 3) que el Poder Ejecutivo se dispone, a licitar un sistema digital de emisión del Documento Nacional de Identidad a partir de la construcción de una base de datos única que contendría distintos tipos de información acerca de cada ciudadano.
Como es de dominio público, existe un creciente temor por la seguridad en el acceso a los contenidos de estos medios informáticos y en todo el mundo el recurso tecnológicamente más seguro al presente consiste en el uso de la firma digital como medio transaccional.
Nada se conoce hasta ahora respecto al contenido del presunto llamado a licitación ni de los tres años de estudio sobre el particular, pero contando la Argentina con una ley nacional (nº 25.506) que consagra la categoría jurídica de dicha firma es de esperar que esté contemplado entre los requisitos de seguridad.
Asimismo, que el futuro DNI digital sea emitido por este medio.
Si así fuera, llama más aún la atención la ya inexplicable demora de la misma Jefatura de Gabinete, como Autoridad de Aplicación, en cumplir con el Capítulo IV del Dec. 2628/02 para constituír el ente administrador que permita otorgar las licencias del art. 13 inc. a), lo que impide hasta el presente la utilización de los efectos jurídicos de la firma digital.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)