CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Comisión Permanente 
													
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Secretario administrativo LIC. CAMPOS PABLO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3216-D-2015
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE FITORREMEDIACION - PRONAFI -. CREACION.
Fecha: 04/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
	        CAPÍTULO 
	        
	        
	        Objeto y definiciones
	        
	        
	        ARTÍCULO 1ºLa presente ley tiene 
por objeto instituir un régimen destinado a la iIdentificación, protección, 
preservación e investigación de las especies con capacidades fitorremediadoras, 
para su aplicación en la recomposición del ambiente.
	        
	        
	        ARTÍCULO 2ºA los efectos de la 
presente Ley, se entenderá por:
	        
	        
	         "Fitorremediación": Técnica de 
saneamiento ambiental a través de la utilización de especies vegetales y de su 
microbiota asociada, para reparar suelos o aguas contaminadas.
	        
	        
	        "Microbiota": Flora microbiana 
asociada a la rizósfera.
	        
	        
	        "Rizósfera": Zona del suelo 
influenciada por la raíz de una planta. 
	        
	        
	        "Especie fitorremediadora": Toda 
especie vegetal nativa o exótica, capaz de extraer, metabolizar y acumular las 
sustancias tóxicas presentes en los suelos, sedimentos, aguas y efluentes 
agropecuarios e industriales.
	        
	        
	        "Acción antrópica": Proceso de 
degradación del relieve y subsuelo debido a la acción humana.
	        
	        
	        ARTÍCULO 3º.Créase el Programa 
Nacional de Fitorremediación - PRONAFI, que tendrá como funciones:
	        
	        
	        Organizar la identificación, 
protección y preservación de las especies con capacidades fitorremediadoras, 
necesarias para la recuperación de los hábitats alterados por la acción 
antrópica. 
	        
	        
	        Promover las investigaciones 
científicas y tecnológicas vinculadas a la fitorremediación, priorizando la 
utilización de las especies nativas.
	        
	        
	        Fomentar la investigación 
multidisciplinaria y conjunta para alcanzar el mayor conocimiento sobre las 
capacidades fitorremediadoras de las especies y la factibilidad de 
incrementarlas a través de técnicas de mejoramiento genético, como asimismo 
establecer las tecnologías para el tratamiento y/o disposiciones finales de los 
residuos acumulados conforme a lo dispuesto en las normativas legales 
vigentes. 
	        
	        
	        Ayudar a la ejecución y desarrollo 
de los planes de colección, intercambio, conservación y manejo de las especies 
fitorremediadoras, en activa participación con los Estados Provinciales, de la 
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Estado Nacional en todas sus 
instancias.
	        
	        
	        Aportar los conocimientos logrados 
que contribuyan a precisar los procedimientos de fitorremediación más 
adecuados, destinados al mantenimiento saludable del hábitat.
	        
	        
	        Contribuir a la confección de un 
mapa integrado y referencial de las zonas afectadas y pasibles de serlo por 
procesos de contaminación.
	        
	        
	        Legitimar la construcción de una 
red interinstitucional destinada a generar una base de datos de acceso público, 
certificada y actualizada en forma permanente sobre las especies 
fitorremediadoras identificadas y taxonómicamente clasificadas, sus 
propiedades restauradoras, cantidad disponible y área de distribución natural 
de la especie, a los efectos de dinamizar las acciones científicas, académicas y 
de transferencia de información. En caso de tratarse de una especie invasora, o 
de difícil erradicación, deberá hacerse mención expresa de tal situación.
	        
	        
	        Participar en la articulación de un 
marco regulatorio común conducente a la implementación de un sistema 
integrado nacional y regional de vigilancia ambiental, a los efectos de asistir al 
objeto de la presente ley.
	        
	        
	        CAPÍTULO II
	        
	        
	        De la Autoridad de aplicación y sus 
facultades
	        
	        
	        ARTÍCULO 4ºSerá autoridad de 
aplicación de la presente Ley el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación 
Productiva (MINCyT), quien ejecutará el Programa Nacional creado en la 
presente ley.
	        
	        
	        ARTÍCULO 5º Facultase al MINCyT 
a: 
	        
	        
	        La creación y coordinación de un 
comité asesor constituido por los representantes de las siguientes instituciones 
que integran el Consejo Interinstitucional de Ciencia y Tecnología CICyT o las 
que en el futuro la reemplacen:
	        
	        
	        El Consejo Nacional de 
Investigaciones Científicas y Técnicas CONICET
	        
	        
	        La Comisión Nacional de Energía 
AtómicaCNEA
	        
	        
	        El Instituto Nacional de Tecnología 
Agropecuaria INTA
	        
	        
	        El Instituto Nacional de Tecnología 
Industrial INTI
	        
	        
	        El Servicio Geológico Minero 
Argentino SEGEMAR
	        
	        
	        El Instituto Nacional del Agua 
INA
	        
	        
	        El comité asesor podrá invitar a 
participar a instituciones públicas de investigación, asociaciones científicas y 
autoridades académicas a los efectos de proponer el asesoramiento 
multidisciplinario en todos los aspectos concernientes a la planificación y 
ejecución del PRONAFI
	        
	        
	        Dinamizar el intercambio del 
conocimiento obtenido sobre las especies fitorremediadoras, a través de la 
edición en su portal oficial de un boletín informativo anual. El mencionado 
intercambio se ajustará a lo dispuesto por la Ley 25.831 de Régimen de Libre 
Acceso a la Información Pública Ambiental.
	        
	        
	        Convenir con los organismos 
públicos nacionales, provinciales y municipales, organizaciones privadas, como 
así también con entidades extranjeras y organismos internacionales los 
acuerdos de cooperación científica, los convenios o programas de investigación 
tendientes al mejoramiento, abastecimiento e intercambio regional de las 
especies fitorremediadoras.
	        
	        
	        Acordar con los organismos 
oficiales vinculados al sostenimiento del medioambiente, la capacitación del 
personal afectado a los servicios de saneamiento correspondientes.
	        
	        
	        CAPÍTULO III
	        
	        
	        De los fondos y 
financiamiento
	        
	        
	        ARTÍCULO 6º Los gastos que 
demande el cumplimiento de la presente ley se tomarán de los créditos que 
anualmente establezca el Presupuesto General de la Administración Pública de 
la Nación para el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, el 
que para cada ejercicio determinará en forma diferenciada la partida 
correspondiente.
	        
	        
	        ARTÍCULO 7º Sin perjuicio de lo 
establecido en el ARTÍCULO precedente, la autoridad de aplicación gestionará 
el uso y destino de los fondos provenientes de fuentes internacionales, ingresos 
por legados o donaciones, contrapartidas locales.
	        
	        
	        CAPITULO IV
	        
	        
	        Disposiciones Generales
	        
	        
	        ARTÍCULO 8 Se invita a las 
provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente 
ley
	        
	        
	        ARTÍCULO 9 Vigencia. La presente 
ley es de orden público y entrará en vigencia a partir de su publicación en el 
Boletín Oficial de la Nación.
	        
	        
	        ARTÍCULO 10 Reglamentación. El 
Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los CIENTO VEINTE 
(120) días contados a partir de su publicación.
	        
	        
	        ARTÍCULO 11 Comuníquese al 
Poder Ejecutivo.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El presente proyecto constituye la 
modificación en su articulado y en sus fundamentos al oportunamente 
presentado con el número de expediente: 4316-D- 2008 publicado en el 
Trámite Parlamentario nº 102 de fecha: 19/08/2008 y luego el 579-D 2012, a 
través del cual inicialmente se propuso la creación de bancos de especies 
vegetales remediadoras del medio ambiente, para luego convertirse en el 
PRONAFI (Programa Nacional de Fitorremediación), siendo el resultado de los 
valiosos aportes realizados en sucesivas reuniones por los asesores legislativos 
en las correspondientes reuniones de la Comisión de Ciencia y Tecnología. 
Gracias al estudio y consultas a diversos especialistas vinculados a la temática 
en cuestión, resulta un despacho consensuado que se transcribe en el 
articulado del presente proyecto de ley.
	        
	        
	        La contaminación es uno de los 
procesos de deterioro ambiental más significativo, tanto por el nivel de 
percepción pública del tema, y su instalación creciente en la conciencia 
ambiental colectiva, como por la magnitud objetiva de sus efectos sobre la 
salud y el medio. Su tratamiento desde la gestión pública nacional, ha puesto 
en lo sustantivo el acento sobre los aspectos referidos al control. Aún sin 
desconocer un número importante de iniciativas orientadas hacia la prevención 
y el monitoreo de la calidad del medio, éstas han resultado en ocasiones 
insuficientes, tanto por razones de operatividad como por carencias en las 
cuestiones regulatorias. 
	        
	        
	        Sumado a ello, la dinámica propia 
del desarrollo tecnológico de las actividades productivas acompañadas de 
innovaciones en los procesos industriales y de comercialización, potenciales 
generadores de procesos contaminantes, incorpora a este panorama un factor 
adicional de complejidad, toda vez que no se comprenda la gestión de la 
contaminación como un proceso antes que como una suma de eventos 
acotados en el tiempo y en el espacio. El nuevo escenario jurídico que plantea 
la reforma constitucional de 1994 en cuanto al reconocimiento de la figura del 
daño ambiental y la obligación de su recomposición, lleva a contemplar el 
diseño de una política ambiental en la materia, que se exprese a través de leyes 
de presupuestos mínimos para la gestión de sitios contaminados, las que 
deberán apoyarse en un profundo conocimiento técnico de la situación 
nacional.
	        
	        
	        En el año 2006, la entonces 
Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva (SECyT) creó el 
Programa Transversal Integrador del Sistema Nacional de Innovación (PROTIS) 
con el objetivo central de respaldar una adecuada planificación nacional en 
ciencia, tecnología e innovación para incluir gradualmente a la totalidad de las 
instituciones del Sistema Nacional de Innovación en redes de colaboración que 
ejecuten proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I) dirigidos a 
la atención, entre otros objetivos estratégicos, del conocimiento y uso 
sustentable de los recursos naturales y protección del medio ambiente.
	        
	        
	        El mencionado PROTIS constituye 
el principal instrumento para canalizar una parte sustantiva de los incrementos 
presupuestarios que se aprueben para potenciar al sector nacional de ciencia y 
tecnología, definidos en el Plan Estratégico Nacional de Ciencia, Tecnología e 
Innovación "Bicentenario" (2006-2010). También se consideran los 
financiamientos que obtiene el Gobierno Federal para las dependencias y 
entidades, provenientes de los Bancos Interamericano de Desarrollo (BID) e 
Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) a través de entidades 
financieras oficiales.
	        
	        
	        En la República de Chile, una parte 
de la actividad de investigación de la Universidad recibe financiamiento de 
fuentes internacionales, entre las que se encuentran organismos internacionales 
como el PNUD, BID, OPS OMS, COMISION EUROPEA, etc., instituciones 
privados como FUNDACION FORD, FUNDACION ROCKEFELLER, etc., y 
cooperación por convenios bilaterales como ECOS-CONICYT, NSF-CONICYT, 
etc. 
	        
	        
	        En México, la agenda ambiental ha 
crecido de manera importante al tiempo que los temas ambientales han 
ocupado la atención de la comunidad internacional. La participación de México 
en los diferentes foros ayuda a precisar programas y proyectos de interés 
nacional. A través de acuerdos internacionales una vez ratificados por el 
Senado se convierten en leyes que deben cumplirse, ya que también permiten 
al país acceder a fondos internacionales para atender las prioridades nacionales 
de cuidado y protección del medio ambiente; además, posicionan a México en 
el contexto internacional como activo participante en el desarrollo sustentable 
del planeta.
	        
	        
	        El fomento de las investigaciones 
en la temática de la fitorremediación ha posibilitado que, hasta ahora, se hayan 
identificado en el mundo alrededor de 400 especies de plantas con capacidad 
para hiper acumular selectivamente alguna sustancia. En la mayoría de los 
casos, no se trata de especies raras, sino de cultivos bien conocidos por todos. 
Así, el girasol (Heliantus anuus) es capaz de absorber en grandes cantidades el 
uranio depositado en el suelo ocasionados por accidentes nucleares (como el de 
Chernobyl) o bien por el uso bélico de proyectiles construidos a base de este 
metal (como es el caso de Bosnia). 
	        
	        
	        Los álamos (género Populus) 
absorben selectivamente níquel, cadmio y zinc. También la conocida 
Arabidopsis thaliana, una pequeña hierba que es para los biólogos vegetales lo 
que la mosca Drosophila es para los genetistas, es capaz de hiper acumular 
cobre y zinc. Otras plantas comunes que se han ensayado con éxito como 
posibles especies fitorremediadoras en el futuro inmediato son la alfalfa, la 
mostaza, el tomate, la calabaza, el esparto, el sauce y el bambú. Incluso 
existen especies vegetales capaces de eliminar la alta salinidad del suelo, 
gracias a su capacidad para acumular el cloruro de sodio. 
	        
	        
	        Otros géneros, por el contrario, 
menos conocidos, podrían llegar a hacerse famosos en los próximos años 
gracias a sus también excelentes propiedades como hiper acumuladores. Es el 
caso de una pequeña planta de la extensa familia de las coles (Brasicáceas) 
llamada Thlaspi caerulescens, que ha demostrado ser el mejor hiper 
acumulador conocido para el cadmio y el zinc, llegando a extraer en una sola 
generación hasta el 50% de todo el cadmio existente en el suelo. Otras 
especies del género Thlaspi han demostrado su capacidad para acumular 
también plomo y cobre. Otra hierba llamada Amaranthus retroflexus ha 
mostrado ser 40 veces más efectiva que sus competidoras en absorber el 
amenazador cesio-137 radiactivo, que es uno de los más peligrosos 
contaminantes de las centrales nucleares, por su capacidad de pasar a la leche 
de vaca y de ahí a la alimentación humana. Amaranthus también resulta muy 
prometedora como hiper acumulador de plomo, uno de los contaminantes que 
se encuentran en mayor cantidad en nuestros suelos y que resulta, además, 
muy difícil de absorber por los vegetales. Por su parte, un helecho originario de 
Florida, EEUU, el Pteris vittata, ha demostrado recientemente ser capaz de 
absorber el peligroso arsénico, siendo capaz de concentrarlo hasta 200 veces 
respecto al suelo de donde lo toma. Lo más curioso es que el helecho Pteris 
crece mejor en suelos que contienen elevadas cantidades de arsénico que en 
los que carecen de él, un hecho que tiene sorprendidos a los 
investigadores.
	        
	        
	        No obstante aún queda mucho por 
conocer sobre los mecanismos moleculares que permiten a estas especies de 
plantas ser capaces de tolerar, e incluso alimentarse de los metales pesados. 
Gran parte del trabajo que se está realizando es completamente empírico, y 
consiste en comprobar simplemente qué variedades de plantas absorben más 
fácilmente los contaminantes. Ni siquiera se conoce qué mecanismo evolutivo 
ha sido el que ha permitido la aparición de estas especies hiper acumuladoras. 
	        
	        
	        Durante años, los científicos 
pensaron que la acumulación de altas concentraciones de metales venenosos 
permitiría a estas plantas ser evitadas por sus depredadores. Sin embargo, 
recientes experimentos han probado que diversas especies de herbívoros 
tienden a comerse las plantas acumuladoras en la misma cantidad que las 
especies que no absorben los metales pesados, por lo que la aparición de los 
fitorremediadores en la naturaleza continúa siendo un misterio verdaderamente 
fascinante. 
	        
	        
	        Por otra parte, ya se están 
obteniendo los primeros avances para la comprensión de los mecanismos 
moleculares por los cuáles estas plantas absorben metales contaminantes, que 
serían peligrosos venenos para otras especies, y los incorporan como 
nutrientes. Los científicos especulan con la posibilidad de aislar los genes 
responsables de la absorción y de la tolerancia a los metales pesados, e 
incorporarlos mediante técnicas de genética molecular a especies de rápido 
crecimiento o que toleren las más variadas condiciones climáticas, para crear 
hiper acumuladores transgénicos que sirvan para cubrir cualquier necesidad en 
cualquier parte del mundo.
	        
	        
	        Hasta el momento, se ha 
descubierto que algunas moléculas facilitan el transporte de metales pesados al 
interior de la planta a través de las raíces. Las sustancias orgánicas quelantes, 
que son capaces de formar iones complejos con el metal, facilitan en gran 
medida la absorción. Estas sustancias pueden ser producidas por la propia 
planta y liberadas al suelo a través de las raíces, o pueden ser añadidas 
directamente por el hombre al suelo que se desee descontaminar. 
	        
	        
	        Se conocen asimismo, algunos 
genes implicados en la absorción y en la tolerancia a determinados metales, 
hecho que ha impulsado la obtención de las primeras variedades transgénicas 
con capacidades hiper acumuladoras mejoradas. En tal sentido, el 
desciframiento del genoma completo de Arabidopsis, además de los intensos 
estudios moleculares que se están llevando a cabo sobre el mejor hiper 
acumulador conocido, Thlaspi, resultan muy prometedores. 
	        
	        
	        Promisoriamente, la capacidad 
limpiadora de las plantas no se limita a los metales pesados. Muchos 
compuestos orgánicos son fácilmente absorbidos por las raíces de los vegetales, 
incluyendo contaminantes como los pesticidas organoclorados, los 
hidrocarburos poliaromáticos, los tricloroetilenos, los explosivos orgánicos y, por 
supuesto, los fertilizantes. Incluso se han realizado importantes progresos en 
ensayos destinados a comprobar la eficiencia en la absorción de petróleo 
proveniente de vertidos terrestres superficiales, donde en realidad son los 
microorganismos asociados a las raíces de las plantas los que se encargan de 
degradarlo. 
	        
	        
	        Según Paul Schwab, de la 
Universidad de Purdue, los vertidos de petróleo son un blanco perfecto para los 
fitorremediadores, ya que una vez vertido en la tierra el petróleo posee escasa 
movilidad formando una delgada capa en la superficie del suelo, donde puede 
estar en contacto directo con las raíces. Las plantas aceleran la acción de los 
microbios, proporcionando más oxígeno al suelo y gran cantidad de preciados 
nutrientes a través de las raíces. La técnica desarrollada por Schwab ha servido 
para descontaminar con éxito diversos vertidos de petróleo crudo, y otros 
productos petrolíferos, en los Estados Unidos. 
	        
	        
	        Cuando se utilizan las plantas 
fitorremediadoras para "limpiar" zonas contaminadas, es necesario retirar 
después la biomasa producida, pues contiene una concentración normalmente 
bastante elevada de peligrosos contaminantes que retornarían de nuevo al 
suelo si se dejara a las plantas morir en el mismo lugar donde crecieron. 
Generalmente, se recoge la parte superior de las plantas y se lleva a centros 
especializados para su incineración. A veces, es necesaria la eliminación total de 
las raíces, por ser en esta zona donde se acumula el contaminante a eliminar. 
En estos casos, la técnica puede resultar prohibitivamente cara. . El que se dé 
uno u otro caso depende del contaminante a eliminar y de la especie elegida 
para su acumulación. En la actualidad, ninguna especie es capaz, por sí sola y 
en una única cosecha, de eliminar completamente el contaminante del suelo 
afectado, sino que serían necesarias varias cosechas sucesivas para devolver al 
suelo sus condiciones originales. 
	        
	        
	        No obstante, podemos esperar que 
en un futuro cada vez más cercano, y gracias a las especies hiper acumuladoras 
transgénicas, estos problemas se puedan solucionar desarrollando variedades 
artificiales a medida, que sean más tolerantes al contaminante, posean mayor 
eficacia absorbente, resistan al clima de la región que se desee descontaminar 
y acumulen el contaminante en las hojas y partes superiores de la planta, de 
forma que sea más fácil de recolectar. Sería deseable que el manejo de estas 
especies se pudiera automatizar fácilmente y que el metal o sustancia 
contaminante puedan ser recuperados para su posterior reciclado y obtención 
de un beneficio económico adicional. 
	        
	        
	        Por las razones expuestas, señor 
Presidente, y dado que la presente iniciativa alienta el desarrollo de un recurso 
tecnológico muy necesario para el cuidado de nuestro hábitat y por considerar 
a la Fitorremediación una fuente promisoria para el desarrollo de 
investigaciones estratégicas, con un presente ideal y un futuro muy 
prometedor, solicito a mis pares la pronta consideración del presente proyecto 
de Ley.
	        
	        
	        ANEXO
	        
	        
	        ESPECIES 
FITORREMEDIADORAS
	        
	        
	        ARBOREAS
	        
	        
	        Populus sp.(álamos) 
	        
	        
	        Salix humboldtiana (sauce criollo, 
colorado) 
	        
	        
	        Salix babilónica (sauce llorón) 
	        
	        
	        Eucaliptos sp.(eucaliptos) 
	        
	        
	        Pinus sp.(pinos) 
	        
	        
	        Acer rubrum (árbol nacional de 
Canadá) 
	        
	        
	        Liquidambar styraciflua 
(liquidambar) 
	        
	        
	        Liriodendrum tupilífera (tulipanero) 
	        
	        
	        Cocos nucifera (cocotero) 
	        
	        
	        Philodendron sp. 
	        
	        
	        Moringa oleífera 
	        
	        
	        ARBUSTIVAS
	        
	        
	        Larrea tridentata, divaricata 
(jarilla) 
	        
	        
	        Thlaspi caerulescens 
	        
	        
	        Maytenus spinosa (abriboca) 
	        
	        
	        Malcomia maritima (alelí de 
mahon, juliana) 
	        
	        
	        Discaria americana 
	        
	        
	        Atriplex sp. 
	        
	        
	        Lagerstroemia parviflora 
	        
	        
	        Lagerstroemia indica (crespón) 
	        
	        
	        Ranunculus aconitifolius 
	        
	        
	        Pelargonium domesticum (malvón 
pensamiento) 
	        
	        
	        HERBACEAS
	        
	        
	        Taraxacum officinale (diente de 
león)
	        
	        
	        Helianthus annuus (girasol)
	        
	        
	        Elodea canadensis, densa (elodea) 
	        
	        
	        Phaseolus acutifolius (poroto 
Tepari) 
	        
	        
	        Ceratophyllum demersum 
	        
	        
	        Sagittaria latifolia
	        
	        
	        Typha angustifolia (totora)
	        
	        
	        Crhysanthemum morifolium 
(crisantemo)
	        
	        
	        Eichhornia crassipes (jacinto de 
agua) 
	        
	        
	        Streptantus polygaloides (mostaza 
india) 
	        
	        
	        Festuca arundinacea (festuca alta) 
	        
	        
	        Festuca rubra (festuca roja)
	        
	        
	        Trifolium repens (trébol 
blanco)
	        
	        
	        Clorophytum comosum (lazo de 
amor) 
	        
	        
	        Cerastium fontanum 			 
	        
	        
	        Tradescantia fluminensis (flor de 
Santa Lucía)
	        
	        
	        Myriophyllum brasiliense(yerba del 
sapo) 
	        
	        
	        Brassica nigra (mostaza negra) 
	        
	        
	        Brassica chinensis (col de la China) 
	        
	        
	        Brassica juncea 
	        
	        
	        Brassica rapa (nabo turnip) 
	        
	        
	        Senecio coronatus 
	        
	        
	        Primula sinensis (primula)  
	        
	        
	        Mimulus cupreus 
	        
	        
	        Mimulus sasutus
	        
	        
	        Mimulus guttatus
	        
	        
	        Lolium perenne (ray-gras inglés, 
perenne) 
	        
	        
	        Medicago sativa (alfalfa) 	
	        
	        
	        Potamogeton nodosus (pluma de 
loro)  
	        
	        
	        Beta vulgaris 
	        
	        
	        Pisum sativum (arveja) 
	        
	        
	        Nicotiana tabacum (tabaco)
	        
	        
	        Oryza sativa (arroz) 
	        
	        
	        Spartina maritima (espartillo) 
	        
	        
	        Kalanchoë blossfeldiana	 
	        
	        
	        Nymphaea alba (nenúfar blanco)  
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| DIAZ ROIG, JUAN CARLOS | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA (Primera Competencia) | 
| RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 24/09/2015 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones | 
| 01/06/2016 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría | 
| 29/06/2016 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |