CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3618-D-2015
Sumario: REGIMEN DE GESTION DE RESIDUOS RADIACTIVOS -LEY 25018 - SUSTITUYESE EL ARTICULO 10 SOBRE IMPACTO AMBIENTAL.
Fecha: 26/06/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
	        Proyecto de Reforma de la Ley 
25.018 de "Régimen de gestión de residuos radioactivos"
	        
	        
	        Artículo 1º.- Sustitúyase el art. 10º de la 
Ley 25.018 de "Régimen de gestión de residuos radioactivos", por el siguiente: 
	        
	        
	        Programa Nacional de 
Gestión de Residuos Radiactivos.
	        
	        
	        ARTICULO 10. - La 
Comisión Nacional de Energía Atómica a través del Programa Nacional de Gestión de 
Residuos Radiactivos que se crea por esta ley, deberá:
	        
	        
	        a) Diseñar la estrategia de 
gestión de residuos radiactivos para la República Argentina y lugares sometidos a su 
jurisdicción:
	        
	        
	        b) Proponer las líneas de 
investigación y desarrollo referentes a tecnologías y métodos de gestión de residuos 
radiactivos de alta, media y baja actividad;
	        
	        
	        c) Planificar, coordinar, 
ejecutar, asignar los fondos necesarios, y controlar la realización de los proyectos de 
investigación y desarrollo inherentes a la gestión de residuos radiactivos:
	        
	        
	        d) Estudiar la necesidad de 
establecer repositorios o instalaciones para la gestión de residuos de alta, media y baja 
actividad generados por la actividad nuclear estatal o privada:
	        
	        
	        e) Promover estudios sobre 
seguridad y preservación del ambiente:
	        
	        
	        f) Proyectar y operar los 
sistemas, equipos, instalaciones y repositorios para la gestión de residuos de alta, media y 
baja actividad generados por la actividad nuclear estatal o privada:
	        
	        
	        g) Construir, por sí o por 
terceros, los sistemas, equipos, instalaciones y repositorios para la gestión de residuos de 
alta, media y baja actividad generados por la actividad nuclear estatal o privada:
	        
	        
	        h) Proponer los criterios de 
aceptación y condiciones de transferencia de residuos radiactivos para los repositorios de 
alta, media y baja actividad:
	        
	        
	        i) Establecer los 
procedimientos para la colección, segregación, caracterización, tratamiento, 
acondicionamiento, transporte, almacenamiento y disposición final de los residuos 
radiactivos:
	        
	        
	        j) Gestionar los residuos 
provenientes de la actividad nuclear estatal y privada incluyendo los generados en la 
clausura de las instalaciones, los derivados de la minería del uranio, y los que provengan 
de yacimientos mineros abandonados o establecimientos fabriles fuera de servicio:
	        
	        
	        k) Implementar, mantener y 
operar un sistema de información y registro que mantenga la documentación que permita 
identificar en forma fehaciente y continuada a los generadores y transportistas de residuos 
y a los demás participantes en toda la etapa de la gestión. Deberá asimismo contener el 
inventario de todos los residuos radiactivos existentes en el país. Copias de la 
documentación, en lo correspondiente a sus respectivas jurisdicciones, deberán ser 
enviadas a las autoridades competentes de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires, 
para su conocimiento:
	        
	        
	        1) Elaborar planes de 
contingencia para incidentes, accidentes o fallas de operación y programas de evacuación 
ante emergencias:
	        
	        
	        m) Informar en forma 
permanente a la comunidad sobre los aspectos científicos y tecnológicos de la gestión de 
los residuos radiactivos:
	        
	        
	        n) Ejercer la responsabilidad 
a largo plazo sobre los repositorios de residuos radiactivos:
	        
	        
	        o) Actuar en caso de 
emergencia nuclear como apoyo a los servicios de protección civil en la forma y 
circunstancia que se le requieran:
	        
	        
	        p) Efectuar los estudios 
técnicos y económicos financieros necesarios, teniendo en cuenta los costos diferidos 
derivados de la gestión de los residuos radiactivos, con el objeto de establecer la política 
económica adecuada:
	        
	        
	        q) Realizar cualquier otra 
actividad necesaria para cumplir con los objetivos de la gestión.
	        
	        
	        r) Presentar un informe 
mensual en dos periódicos de tirada nacional. El mismo deberá contener: 
	        
	        
	        1. Impacto ambiental 
actualizado provocado por los residuos radiactivos. 
	        
	        
	        2. Políticas y actividades 
llevadas a cabo a los fines de disminuir el impacto de los mismos. 
	        
	        
	        3. Gráficos y estadísticas 
actualizados acerca de la producción argentina de residuos radiactivos y la evolución 
temporal en materia de control y prevención de los mismos. 
	        
	        
	        4. Presupuesto detallado y 
desagregado destinado a la gestión de los residuos radiactivos.  
	        
	        
	        Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Los residuos radiactivos representan un 
problema coyuntural, no sólo para nuestro país, sino también para todo el mundo. La 
eficiencia en la gestión pública, direccionada a disminuir el impacto ambiental de los 
mismos, y dosificar su producción, debe ser uno de los vectores en términos de proyecto 
nacional a largo plazo. La optimización y profundización del principio de derecho 
ambiental "Impacto Ambiental tan bajo como sea posible", debe realizarse de manera 
conjunta entre todos los poderes del estado. En este sentido, a nosotros, que nos compete la 
labor legislativa y parlamentaria, debemos bregar a esos fines. 
	        
	        
	        En este orden de ideas, y en materias tan 
técnicas y complejas, el pueblo argentino merece adquirir información al respecto. No sólo 
a los efecto de muñirse de conocimiento, sino también para que, una vez absorbidos los 
mismos, tenga la capacidad y dinamismo para proponer, discutir y brindar su invaluable 
aporte. La presentación de informes desagregados y detallados en este tópico, garantizan la 
socialización de la información y un uso democrático de la misma. 
	        
	        
	        Por todo lo expuesto, solicito la aprobación 
del presente proyecto de ley.   
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | CONSERVADOR POPULAR | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) | 
| CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA |