DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P03 Oficina 301
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
Miércoles 10.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 1685-D-2018
Sumario: ACCESO IGUALITARIO A SERVICIOS ESENCIALES Y BIENES PUBLICOS. REGIMEN.
Fecha: 04/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
Régimen de acceso igualitario a servicios esenciales y bienes públicos
Artículo 1°.- Créase el régimen de acceso igualitario a servicios esenciales y bienes públicos.
Artículo 2°.- La presente ley tiene por objeto garantizar con criterio igualitario el acceso a servicios esenciales y bienes públicos.
Artículo 3°.- Sin perjuicio de los que agregue la reglamentación de la presente ley, se consideran servicios esenciales y bienes públicos los servicios de transporte, de electricidad residencial, gas natural y de agua corriente.
Artículo 4°.- Sin perjuicio de los que agregue la reglamentación de la presente ley, son beneficiarios del régimen de acceso igualitario a servicios esenciales y bienes públicos, las siguientes personas:
a) Jubilados o pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
b) Trabajadores “monotributistas” inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
c) Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
d) Titulares de programas sociales nacionales, provinciales o municipales.
e) Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
f) Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (26.844).
g) Usuarios que perciben seguro de desempleo.
h) Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
i) Usuarios que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
j) Titulares (o uno de sus convivientes) que padezcan una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.
Artículo 5°.- Los beneficiarios y las beneficiarias del régimen de acceso igualitario a servicios esenciales y bienes públicos se les bonificará el CIEN POR CIENTO (100%) del precio de los servicios esenciales y bienes públicos comprendidos en la presente ley.
Artículo 6°.- El régimen de acceso igualitario a servicios esenciales y bienes públicos es subsidiario de los regímenes o excepciones de cualquier tipo que consagren bonificaciones o eximiciones tarifarias más favorables que las establecidas en la presente ley.
Artículo 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ante el aumento desproporcionado de las tarifas de los servicios públicos en relación con el incremento de los ingresos experimentados en los últimos años, con perjuicio agravado para los que aparecen como beneficiarios en este proyecto de ley, es necesario crear instrumentos para asegurar el acceso a prestaciones que son indispensables para obtener condiciones dignas de existencia.
Si bien el Presidente de la Nación, en la campaña electoral, anunció que no iba a incrementar las tarifas, a poco de asumir el cargo decretó la emergencia del Sector Eléctrico Nacional, dando lugar así al incremento de la tarifa de la luz eléctrica.
Posteriormente, mediante el Decreto 367/16 se facultó a cada Ministerio (según su competencia) para avanzar en adecuaciones transitorias de las tarifa. Luego, el Ministerio de Energía y Minería dictó las Resoluciones 28/2016 y 31/2016 por las que instruyó a ENARGAS para que lleve adelante un programa de Revisión Tarifaria Integral.
En dichas resoluciones también se instruye a ENARGAS a efectuar una adecuación de las tarifas de transición vigentes de los Servicios Públicos de Transporte y de Distribución de Gas Natural, hasta que se establezcan los cuadros tarifarios definitivos que resulten del procedimiento de Revisión Tarifaria Integral.
Según datos del Observatorio de Tarifas de la Universidad Metropolitana para la Educación y Trabajo (UMET), respecto a los valores vigentes en 2015, a inicios de 2018 las tarifas de la energía eléctrica se habían incrementado entre un 776% y 1600% para el consumo residencial (medido según consumo) y un 894% en el caso del consumo comercial e industrial pequeño (menos de 750 Kwh/mes). En lo que hace a los servicios de agua potable y cloacas, el aumento acumulado desde diciembre de 2015 (para el caso de usuarios residenciales no medidos) fue desde 287% hasta 656%, afectando en particular a las zonas de bajos ingresos. Finalmente, la variación de la tarifa de gas registró un incremento de entre un 466% a un 547% respecto a los valores vigentes en mayo de 2015, según consumo de m3.
Tomados esos incrementos en conjunto, puesto que en todos los casos los guarismos superan largamente la variación en los ingresos, la incidencia actual del gasto en los servicios de transporte, agua, electricidad y gas ha crecido de forma alarmante.
En la misma línea, considerando un ingreso mensual de $20 mil promedio, el Observatorio de Tarifas de la UMET estimó que el gasto anual en 2018 de una familia será de $23.860, desglosados de la siguiente manera: $10.408 en gas, $9.127 en electricidad y $4.325 en agua. Para estas cifras se ha considerado un consumo de 1.200 m3 de gas, 4.800 kWh de electricidad y 180 m3 de agua.
El aumento de los precios de los alimentos, de las tarifas de luz, gas y agua, de los combustibles, de los alquileres, de la educación y del servicio de telefonía afectan de manera severa el bolsillo de los trabajadores. Por ejemplo, en el mes de octubre pasado, una familia compuesta por un matrimonio con dos hijos necesitó $ 17.537.88 para superar el umbral de la pobreza.
La suba de precios en bienes y servicios presiona el presupuesto familiar porque representa una porción cada vez mayor del total de ingresos. En ese contacto, los adultos mayores constituye uno de lo sectores que sufre en mayor medida el avance de las remarcaciones: la inflación para los adultos mayores se sitúa en 5 puntos por encima del índice de inflación general. Sin embargo, la afectación al poder adquisitivo de trabajadores del sector informal, jefes y jefas de familias, estudiantes, entre otros sectores, no informa una gravedad menor, en definitiva todos encuentran obstáculos cada vez mayores para llegar al lugar de trabajo (o, cada vez más, al lugar en el que esperan encontrar un trabajo), iniciar o proseguir estudios de cualquier nivel, acceder a servicios de salud o comprar los medicamentos correspondientes.
Este proyecto apunta a paliar los efectos que la escalada galopante de las tarifas de los servicios públicos provoca en los ingresos. Los usuarios no pueden elegir entre comer, estudiar, buscar empleo o pagar las tarifas, por ello necesitamos garantizar con criterio igualitario el acceso de todos a los servicios esenciales y bienes públicos. Se inspira en sistemas ya existentes, como el de la Tarifa Social SUBE, y recoge elementos contenidos en iniciativas presentadas por legisladores de diversas afinidades partidarias (como el expediente 0310-D-2018 del diputado Agustín Rossi o el expediente 2657-S-2016 del senador Linares). El aporte legislativo que aquí presentamos resume preocupaciones y propuestas de diversos sectores, incluso de organizaciones no gubernamentales como las mencionadas en los párrafos precedentes.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares, acompañen el presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MERCADO, VERONICA | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MASIN, MARIA LUCILA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROMERO, JORGE ANTONIO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTRO, SANDRA DANIELA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia) |
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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24/04/2018 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones en su competencia con dictamen de Mayoria y Minoria |
02/05/2018 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0089/2018 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES, CON 24 DISIDENCIAS PARCIALES; DOS DICTAMENES DE MINORIA: UNO CON MODIFICACIONES, OTRO ACONSEJA SU RECHAZO | 07/05/2018 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MASIN (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CASTAGNETO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ROMERO, JORGE ANTONIO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CASTRO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CARMONA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA ALVAREZ RODRIGUEZ (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | MANIFESTACIONES EN MINORIA | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | ||
Diputados | MOCION SOBRE TABLAS (NEGATIVA) (VOTACION NOMINAL) | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | MEDIA SANCION | |
Diputados | INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Senado | CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | SANCIONADO | |
Senado | INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 | ||
Diputados | COMUNICACION DEL DECRETO 499/2018 DEL 31/05/2018 DE VETO TOTAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1302-D-2017, 0014-CD-2018, 6447-D-2017, 0310-D-2018, 1685-D-2018, 1714-D-2018, 1781-D-2018, 1761-D-2018, 1819-D-2018, 1831-D-2018, 1818-D-2018 y 2094-D-2018 |