DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente


Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5610-D-2006

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA CREACION DE UNA COMISION INVESTIGADORA DE LA DESAPARICION DE JORGE JULIO LOPEZ, TESTIGO DEL JUICIO CONTRA MIGUEL OSVALDO ETCHECOLATZ.

Fecha: 26/09/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 140

Proyecto
I. Crear una Comisión que tendrá por objeto investigar la desaparición de JORGE JULIO LÓPEZ, quien depusiera como testigo en el juicio seguido contra MIGUEL OSVALDO ETCHECOLATZ ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata, Provincia de Buenos Aires; así como los responsables del secuestro y homicidio del joven que apareciera acribillado y calcinado el día 20 de septiembre de 2006 en Punta Lara, Provincia de Buenos Aires.
II. La Comisión estará integrada por:
a) cuatro (4) Diputados de la Nación, elegidos por sus pares a propuesta de los organismos de Derechos Humanos que se enuncian en este párrafo;
b) un (1) miembro de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de La Plata, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
c) un (1) miembro del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
d) un (1) miembro de la Asociación de ex Detenidos - Desaparecidos, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
e) un (1) miembro de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
f) un (1) miembro de la Central de Trabajadores Argentinos, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
g) un (1) miembro del Comité para la Defensa de la Salud, la Ética y los Derechos Humanos, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
h) un (1) miembro del HIJOS La Plata, elegidos entre los integrantes de dicho organismo;
i) un (1) miembro de Liberpueblo, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
j) un (1) miembro del Comité de Acción Jurídica, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
k) un (1) miembro de la Fundación Investigación y Defensa Legal Argentina, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
l) un (1) miembro del Instituto de Relaciones Ecuménicas, elegidos entre los integrantes de dicho organismo;
ll) un (1) miembro del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
m) un (1) miembro de la Asociación ANAHI, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
n) un (1) miembro de Familiares de Detenidos y Desaparecidos de La Plata, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
ñ) un (1) miembro de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
o) un (1) miembro de Madres de Plaza de Mayo - La Plata, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
p) un (1) miembro de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, elegido entre los integrantes de dicho organismo;
q) la cónyuge y los hijos de JORGE JULIO LÓPEZ;
r) tres (3) familiares dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad del joven que apareciera acribillado y calcinado el día 20 de septiembre de 2006 en Punta Lara, Provincia de Buenos Aires.
III. Se invita a Nilda Eloy, a Julián Axat, a María Isabel Chorobik de Mariani, a Genoveva Dawson de Teruggi, a Adolfo Pérez Esquivel y a Mirta Baravalle, a integrar la Comisión que se crea por esta resolución.
IV. La Comisión tendrá amplias facultades investigativas, pudiendo:
a) recibir declaraciones testimoniales;
b) inspeccionar lugares y cosas;
c) solicitar informes, los que deberán ser respondidos en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles;
d) solicitar dictámenes periciales, dando preferencia en su elaboración a las Universidades públicas. Los mismos deberán ser presentados en el plazo que en cada caso se fije, de acuerdo a la complejidad de la operación pericial, el que en ningún caso será mayor a los treinta (30) días hábiles;
Supletoriamente, serán de aplicación los Capítulos I, IV, y V del Título III del Libro II del Código Procesal Penal de la Nación.
V - La Comisión está facultada para:
a) dictar su reglamento y designar sus autoridades;
b) constituirse en cualquier punto del país;
c) formular denuncias penales y constituirse en querellante, particular damnificado o figura análoga.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 18 de septiembre pasado, desapareció JORGE JULIO LÓPEZ, quien depusiera como testigo en el juicio seguido al genocida MIGUEL OSVALDO ETCHECOLATZ.
JORGE JULIO LÓPEZ fue contundente en su testimonio, al señalar a Etchecolatz como quien lo torturó por mientras estuvo detenido en la comisaría 8 de La Plata, además de relatar haber visto cómo ejecutaban con disparos en la cabeza a otras dos víctimas de la causa, Patricia Dell´Orto y a su esposo Ambrosio De Marco en el centro clandestino de detención que funcionó en Arana.
López también identificó a Etchecolatz como integrante de la "patota" que ilegalmente lo detuvo en su casa de Los Hornos, en octubre de 1976.
El 18 de septiembre JORGE JULIO LÓPEZ se retiró de su hogar en Arana, para presenciar la audiencia de alegatos en el juicio. Llamativamente, nunca llegó.
Podría decirse que la desaparición de JORGE JULIO LÓPEZ no es un hecho aislado. Durante el transcurso del juicio seguido al represor Etchecolatz se han sucedido las amenazas a los testigos y querellantes. A ello hay que agregar que, sugestivamente, tanto desde el gobierno nacional como desde la Provincia de la Buenos Aires, no se han dispuesto medidas para garantizar la integridad de los miembros del Tribunal, Fiscal, testigos y querellantes.
Traspasando incluso los límites de lo imaginable, el día 20 de septiembre fue encontrado un cadáver calcinado (posteriormente se comprobó que también había sido acribillado). Como un siniestro mensaje, el cuerpo estaba en Punta Lara, lugar donde aparecieron los primeros cuerpos de los 30.000 desaparecidos. Y, para mayor contenido mafioso de este horroroso mensaje, el cuerpo sin vida del joven acribillado y calcinado apareció a aproximadamente 15 cuadras del domicilio particular del Presidente del Tribunal que condenó a Etchecolatz, Dr. Carlos Alberto Rozanski.
Como cierre a este escabroso cuadro, la Policía de la Provincia de Buenos Aires se encargó de difundir la versión de que el cuerpo correspondía a Jorge Julio López.
Todo parece indicar, en consecuencia, que se trató de un cadáver "plantado" por los mismos responsables de la desaparición de Jorge López.
La desaparición de Julio López trae irremediablemente a la memoria los casos de desaparecidos en democracia: Eduardo López Fernández, Miguel Bru, Andrés Núñez (de la Provincia de Buenos Aires); Hugo Brandam (en Santiago del Estero); Paulo Cristián Guardati, Adolfo Garrido, Raúl Baigorria, Oscar Jesús Garavaglia (en Mendoza); María Rosa Pacheco (en San Juan); y Héctor Gómez y Martín Basualdo (en Entre Ríos).
Deseamos fervientemente que Jorge Julio López no se sume a este grupo de desaparecidos en democracia.
Los grupos de tarea siguen tan activos como hace treinta años, ante la pasividad de las autoridades nacionales y locales responsables de la integridad física de las personas.
En este caso, no sólo han hecho desaparecer a una persona, sino que se han cobrado la vida de otra, intentando de esta manera atemorizar a todos quienes puedan llegar a ser testigos o querellantes en futuros juicios a este u otros genocidas.
¿Cuál fue la actitud del gobierno nacional ante estos aberrantes hechos? El Presidente Kirchner estaba paseando por Nueva York, mientras que el Ministro del Interior, Aníbal Fernández, se negó a recibir a los organismos de derechos humanos que le reclamaban con premura una reunión.
Por todo esto consideramos que es ineludible la responsabilidad del gobierno nacional y de la provincia de Buenos Aires por no haber garantizado la integridad física de los testigos y querellantes, y por la indignante negativa del Ministro del Interior de reunirse con los organismos de Derechos Humanos.
El 20 de septiembre, ante el Asamblea General de las Naciones Unidas, el Presidente Kirchner dijo:"La acción internacional de la República Argentina se inspira en los valores de la democracia representativa, el respeto a los Derechos Humanos fundamentales y de la defensa activa de la Paz y la Seguridad Internacional. Estos principios compartidos por la inmensa mayoría del Pueblo Argentino, orientan nuestra gestión de Gobierno y fundamentan las decisiones
que la Argentina toma en el ámbito de su política exterior. En materia de Derechos Humanos,
luego de más de 2 décadas de vigencia de la Democracia, en la Argentina vivimos desde 2003 un verdadero cambio de paradigma, respondiendo a los mandatos de la sociedad en su conjunto.
Los 3 Poderes del Estado han adoptado, en sus respectivos ámbitos, decisiones coincidentes que van en contra de la impunidad, preservando la memoria, la verdad, la justicia y procurando la reparación. La anulación por el Congreso de las leyes que consagraban impunidad, los crímenes del Terrorismo de Estado, la declaración de su inconstitucionalidad y la de los indultos por los Tribunales de nuestro país y la reapertura de más de mil causas judiciales por crímenes de lesa humanidad, algunas de las cuales han concluido condenando a los responsables, son hitos de este cambio. Nuestra convicción es que la Democracia se fortalece cuando simultáneamente se combate la impunidad y se promueve la vigencia plena del Estado de Derecho sin revanchismo alguno."
¿Cómo explica, entonces, este gobierno nacional que alardea de su compromiso en la defensa de los derechos humanos, que volvamos a tener desaparecidos? ¿Cómo justifica que el Ministerio del Interior, máximo responsable de la seguridad en el país, se niegue a recibir a los organismos de derechos humanos? ¿Qué explicación razonable puede dar de no haber garantizado la seguridad de los testigos y querellantes en el juicio a Etchecolatz?
No es este hecho el único que pone de manifiesto que es falso que la actual gestión presidencial se inspire en el respecto a los Derechos Humanos. La Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI) denuncia en su informe de situación 2003/2006 que "desde el 25 de mayo del año 2003 hasta el 28 de julio del 2006 han sido 505 las personas asesinadas por las Fuerzas de Seguridad. En su mayoría jóvenes pobres, los números en cada uno de los años de esta gestión son: 102 asesinados entre el 25/5/03 y el 31/12/03; 159 asesinados en el año 2004; 175 asesinados en el año 2005; 69 asesinados entre el 01/01/06 y el 28/07/06... Respecto de las modalidades, el 53 % de los hechos registrados entre el 25/05/2003 y fin de julio de 2006 corresponden a fusilamientos por gatillo fácil, y el 45 % a muertes en cárceles y comisarías. De estos últimos, muchos corresponden a casos de tortura seguida de muerte."
A estas escalofriantes cifras, hay que añadir las de personas sometidas a proceso penal por razones político-sociales. El mismo informe da cuenta de que el año 2004 fue "el año con mayor cantidad de presos políticos desde Alfonsín." Al día de la fecha, se calcula entre 2.000 y 5.000 el número de personas sometidas a proceso penal por razones político-sociales.
Por todas estas razones, es que solicito la urgente aprobación del presente proyecto.
APARACIÒN CON VIDA DE JORGE JULIO LÒPEZ YA!!!
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES REDES
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA)
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 125 (2007), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996