DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
Comisión Permanente
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Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 7218-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO NORMADO EN EL ARTICULO 1 DE LA LEY 23592, DE ACTOS DISCRIMINATORIOS.
Fecha: 01/12/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 185
Dirigirse al Poder
Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos
correspondientes, se adopten las medidas necesarias para hacer
efectivo el cumplimiento del artículo 1º de la Ley Nacional Nº 23.592,
que se refiere a los actos discriminatorios.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El SIDA (síndrome de
inmunodeficiencia adquirida) avanza a pasos agigantados
introduciéndose en todas las sociedades del mundo, sin respetar
estratos sociales y destruyendo andamiajes culturales, sin distinciones
de jerarquías, edades y sexo.
Las personas que viven
con SIDA se encuentran entre las que tienen dificultades para
conseguir trabajo y el hecho de ser portador de VIH es una de las
causas más frecuentes de discriminación laboral, aseguran
especialistas de la asociación civil Adolescentes por la Vida.
El presidente de esa
asociación, Sebastián Vázquez Montoto, sostiene que “muchas veces,
los jóvenes que son VIH positivos son expulsados de los ámbitos
laborales o no los toman para un puesto cuando les hacen el examen
prelaboral, por vivir con SIDA”.
Vázquez Montoto precisa
que “es una discriminación encubierta porque la empresa cuando hace
el examen prelaboral, muchas veces sin decirlo hace en el laboratorio
el testeo para saber si el postulante es portador de VIH y casualmente,
una persona que era apta para un puesto, después del análisis no da
el perfil”.
El psicólogo acota que
“eso da a sospechar que se trata de un acto de discriminación” y
agrega que esa situación “es aún peor cuando, como ha pasado con
algunos pacientes que declaran su condición de VIH positivo en el
trabajo y a los pocos meses son echados por reestructuración de la
empresa u otro pretexto.
Vázquez Montoto insiste
en que “la discriminación al portador de VIH es solapada y quizás difícil
de comprobar, pero existe”, por lo cual recomienda que “al momento
de enfrentar al empleador por temas vinculados con el HIV, asentarlo a
través de una carta documento”.
Explica, también, que
“eso es un resguardo legal ante cualquier hecho posterior que pueda
influir en el ámbito laboral”.
Destaca que “hay
muchos prejuicios sobre el tema del SIDA; se cree que la persona que
vive con VIH no es apta para trabajar y no es así, porque cualquiera
que conoce a una persona que vive con SIDA se da cuenta que no
tiene ninguna dificultad, porque es una enfermedad crónica que tiene
tratamiento como tantas otras”.
En esta misma línea, un
informe del Instituto Nacional Contra la Discriminación (INADI) que
maneja la asociación Adolescentes por la Vida, alerta sobre casos de
hasta jóvenes que han sido expulsados de sus hogares y estudiantes
de su ámbito de estudio por vivir con SIDA.
Isabel Casetti, miembro
del Comité Asesor de normas de Tratamiento Antiretroviral
dependiente del Ministerio de Salud, señala que la “discriminación
laboral al portador de VIH no sólo causa un impacto en lo económico,
sino también psicológico”.
Casetti asegura que “hay
mucha gente que no tiene información de VIH y cuando un portador
blanquea la situación hay respuestas diferentes, están quienes lo
comprenden y hay quienes con actitudes irracionales lo echan del
trabajo”.
Casos de discriminación laboral
vinculados al SIDA
- Dos enfermeros – una
mujer y un hombre – denunciaron que fueron despedidos de una
clínica privada de la ciudad de La Plata por un supuesto “acto de
discriminación”. Ambos tienen SIDA y afirman que los cesantearon del
hospital privado en el que trabajaban cuando los directivos del centro
de salud se enteraron de la enfermedad que padecían (Diario Popular,
28/09/03).
- Carlos era primer mozo
de a bordo en una compañía de barcos.
Periódicamente se realizaba chequeos
médicos que eran exigidos por Prefectura Naval Argentina pero ninguno de ellos
incluía exámenes de HIV. Una tarde fue citado a hacerse los estudios en una
clínica distinta a la que siempre le asignaban. Sin su consentimiento le realizaron
una prueba para ver si tenía Sida. El resultado dio positivo pero no se lo
informaron.
Días más tarde la empresa le anunció
su despido.
Este articulo fue extraído de la pagina
web www.defiendase.com
¿Qué debo hacer si me
discriminan por tener SIDA?
Podrá efectuar la denuncia en el
Instituto Nacional Contra la Discriminación (INADI), organismo dependiente del
Ministerio del Interior. Esta institución se basa en el cumplimiento de la Ley
antidiscriminación Nº 23.592 la cual establece en su art. 1º que: “Quien
arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno
ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales
reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a
dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño
moral y material ocasionados. A los efectos del presente art. se considerarán
particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos
tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial,
sexo”.
Por las razones
expuestas, señor presidente, es que elevo a consideración el presente
proyecto de resolución, solicitando a los señores diputados y diputadas
su pronto voto favorable.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SOLANAS, RAUL PATRICIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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