DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS

Comisión Permanente


Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 411

Jefe SRA. CARBALLO LLOSA MARIANA A.

Miércoles 14.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2411 Internos 2411/2470

cdhygarantias@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 7218-D-2006

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO NORMADO EN EL ARTICULO 1 DE LA LEY 23592, DE ACTOS DISCRIMINATORIOS.

Fecha: 01/12/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 185

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos correspondientes, se adopten las medidas necesarias para hacer efectivo el cumplimiento del artículo 1º de la Ley Nacional Nº 23.592, que se refiere a los actos discriminatorios.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El SIDA (síndrome de inmunodeficiencia adquirida) avanza a pasos agigantados introduciéndose en todas las sociedades del mundo, sin respetar estratos sociales y destruyendo andamiajes culturales, sin distinciones de jerarquías, edades y sexo.
Las personas que viven con SIDA se encuentran entre las que tienen dificultades para conseguir trabajo y el hecho de ser portador de VIH es una de las causas más frecuentes de discriminación laboral, aseguran especialistas de la asociación civil Adolescentes por la Vida.
El presidente de esa asociación, Sebastián Vázquez Montoto, sostiene que “muchas veces, los jóvenes que son VIH positivos son expulsados de los ámbitos laborales o no los toman para un puesto cuando les hacen el examen prelaboral, por vivir con SIDA”.
Vázquez Montoto precisa que “es una discriminación encubierta porque la empresa cuando hace el examen prelaboral, muchas veces sin decirlo hace en el laboratorio el testeo para saber si el postulante es portador de VIH y casualmente, una persona que era apta para un puesto, después del análisis no da el perfil”.
El psicólogo acota que “eso da a sospechar que se trata de un acto de discriminación” y agrega que esa situación “es aún peor cuando, como ha pasado con algunos pacientes que declaran su condición de VIH positivo en el trabajo y a los pocos meses son echados por reestructuración de la empresa u otro pretexto.
Vázquez Montoto insiste en que “la discriminación al portador de VIH es solapada y quizás difícil de comprobar, pero existe”, por lo cual recomienda que “al momento de enfrentar al empleador por temas vinculados con el HIV, asentarlo a través de una carta documento”.
Explica, también, que “eso es un resguardo legal ante cualquier hecho posterior que pueda influir en el ámbito laboral”.
Destaca que “hay muchos prejuicios sobre el tema del SIDA; se cree que la persona que vive con VIH no es apta para trabajar y no es así, porque cualquiera que conoce a una persona que vive con SIDA se da cuenta que no tiene ninguna dificultad, porque es una enfermedad crónica que tiene tratamiento como tantas otras”.
En esta misma línea, un informe del Instituto Nacional Contra la Discriminación (INADI) que maneja la asociación Adolescentes por la Vida, alerta sobre casos de hasta jóvenes que han sido expulsados de sus hogares y estudiantes de su ámbito de estudio por vivir con SIDA.
Isabel Casetti, miembro del Comité Asesor de normas de Tratamiento Antiretroviral dependiente del Ministerio de Salud, señala que la “discriminación laboral al portador de VIH no sólo causa un impacto en lo económico, sino también psicológico”.
Casetti asegura que “hay mucha gente que no tiene información de VIH y cuando un portador blanquea la situación hay respuestas diferentes, están quienes lo comprenden y hay quienes con actitudes irracionales lo echan del trabajo”.
Casos de discriminación laboral vinculados al SIDA
- Dos enfermeros – una mujer y un hombre – denunciaron que fueron despedidos de una clínica privada de la ciudad de La Plata por un supuesto “acto de discriminación”. Ambos tienen SIDA y afirman que los cesantearon del hospital privado en el que trabajaban cuando los directivos del centro de salud se enteraron de la enfermedad que padecían (Diario Popular, 28/09/03).
- Carlos era primer mozo de a bordo en una compañía de barcos.
Periódicamente se realizaba chequeos médicos que eran exigidos por Prefectura Naval Argentina pero ninguno de ellos incluía exámenes de HIV. Una tarde fue citado a hacerse los estudios en una clínica distinta a la que siempre le asignaban. Sin su consentimiento le realizaron una prueba para ver si tenía Sida. El resultado dio positivo pero no se lo informaron.
Días más tarde la empresa le anunció su despido.
Este articulo fue extraído de la pagina web www.defiendase.com
¿Qué debo hacer si me discriminan por tener SIDA?
Podrá efectuar la denuncia en el Instituto Nacional Contra la Discriminación (INADI), organismo dependiente del Ministerio del Interior. Esta institución se basa en el cumplimiento de la Ley antidiscriminación Nº 23.592 la cual establece en su art. 1º que: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente art. se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo”.
Por las razones expuestas, señor presidente, es que elevo a consideración el presente proyecto de resolución, solicitando a los señores diputados y diputadas su pronto voto favorable.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, RAUL PATRICIO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)