PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Comisión Permanente 
													
Of. Administrativa:  Piso P02  Oficina 206 
Secretario administrativo SR. CABRERA RUBEN
Jefe SR. ABREGO HUGO IVAN
Martes 12.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 60752241 Internos 2241
cpadiccionesycnarcotrafico@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4623-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA SOMETER A LA OPINION CONSULTIVA DE LA "OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO (UNODC)", LOS PROYECTOS DE DESPENALIZACION DE LA PRODUCCION, CONSUMO, TENENCIA, ALMACENAMIENTO Y TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES QUE ESTA EXAMINANDO EL CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 04/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
	        Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, y por su 
intermedio al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, y a los 
demás organismos que considere pertinentes, que realicen las gestiones necesarias para 
someter a la opinión consultiva de la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el 
Delito (UNODC) los proyectos tendientes a la despenalización de la producción, consumo, 
tenencia, almacenamiento y tráfico de estupefacientes, que se están examinando en éste 
Honorable Congreso.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        La Oficina de Naciones Unidas contra la 
Droga y el Delito (UNODC, del inglés United Nations Office on Drugs and Crime) es una 
agencia de las Naciones Unidas que tiene por objetivo luchar contra las drogas y el crimen 
organizado transnacional. Este objetivo se lleva a cabo a través de tres funciones 
primarias: investigación, persuasión a los gobiernos para que adopten leyes contra el 
crimen y las drogas así como los tratados y la asistencia técnica a dichos gobiernos.
	        
	        
	        La agencia, tiene su sede en Viena, Austria y 
21 oficinas de campo. En Nueva York, Estados Unidos, tiene una oficina de enlace. La 
oficina está dirigida por un Director Ejecutivo propuesto por el Secretario General de 
Naciones Unidas. En 2012 este puesto lo ocupa Yury Fedotov que también es Director 
General de la Oficina de Viena.
	        
	        
	        La República Argentina ha asumido varias 
responsabilidades internacionales al suscribir y ratificar la Convención de las Naciones 
Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988 - "La 
Convención de Viena", por medio de la  Ley 24.072, el 11 de Marzo de 1992.
	        
	        
	        Entre las funciones de la UNDOC se 
encuentra la asistencia técnica a los gobiernos y puede realizar observaciones sobre las 
legislaciones nacionales en materia de sus competencias. 
	        
	        
	        Si bien ésta asistencia técnica y éstas 
observaciones no son vinculantes, expresan la posición de las Naciones Unidas y de gran 
parte de la Comunidad Internacional sobre la materia.
	        
	        
	        En opinión de algunos de los expertos que los 
diputados tuvimos la oportunidad de escuchar,  en las reuniones conjuntas de las 
comisiones de Legislación Penal y Prevención de las Adicciones y Control del Narcotráfico, 
la mayoría de los proyectos de ley en examen (modificatorios de la Ley 23.737), de 
aprobarse, harían incurrir a la Argentina en incumplimiento de las responsabilidades 
derivadas de la citada Convención.
	        
	        
	        En nuestra hermana República Oriental del 
Uruguay, se está examinando la posibilidad de despenalizar la marihuana, es decir, la 
despenalización sería mucho más acotada que la que se impulsa en nuestro país, y la 
UNDOC ha expresado su postura:
	        
	        
	         "ONU advierte a Uruguay que legalizar 
marihuana violaría su convención"
	        
	        
	        La ONU advirtió el miércoles a Uruguay que 
la legalización de la marihuana propuesta por el presidente José Mujica significaría una 
"violación" a la Convención de Naciones Unidas sobre Estupefacientes.
	        
	        
	        "Si pasase, violaría la Convención Única, de la 
cual Uruguay forma parte", dijo el director de la Oficina de las Naciones Unidas contra la 
Droga y el Delito (ONUDD o UNODC, en su denominación en inglés), Yuri Fedotov, en 
Nueva York." 
	        
	        
	        Ante la posibilidad de adoptar medidas de tal 
envergadura, como se plantean en los diversos proyectos, es prudente conocer de 
antemano la postura de la UNDOC, de manera que, si existiera voluntad política y 
consenso, se pueda modificar la Ley 23.737 de una forma lo más armoniosamente posible 
a las recomendaciones de Naciones Unidas.
	        
	        
	        Argentina siempre se ha destacado en a nivel 
global, por su profunda observancia y respeto hacia el Derecho Internacional y las 
recomendaciones que emanan de las Naciones Unidas y de los organismos vinculados a 
ella. Y apela a ellas a la hora de resolver sus controversias, baste como ejemplo la 
cuestión de nuestras Malvinas. En éste sentido, tenemos la obligación de ser coherentes, 
ya que las directivas que se adoptan (además con nuestra aprobación) dentro del sistema 
de Naciones Unidas deberían ser observadas en su conjunto, como testimonio de nuestro 
compromiso en la construcción de un orden internacional basado en el Derecho.
	        
	        
	        Por estas razones, invito a los Señores 
Diputados a acompañarme con su firma.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 31/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara | 
Dictamen
					| Cámara | Dictamen | Texto | Fecha | 
|---|---|---|---|
| Diputados | Orden del Dia 1368/2012 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 34/2012 | 14/11/2012 |