ECONOMIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4076-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL ACUERDO DE COOPERACION ECONOMICA Y COMERCIAL SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE ARMENIA.
Fecha: 15/08/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
	        Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por 
conducto de quien corresponda tenga a bien informar respecto del ACUERDO DE COOPERACIÓN 
ECONÓMICA Y COMERCIAL SUSCRITPO ENTRE EL  GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL 
GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE ARMENIA, sobre los siguientes puntos:
	        
	        
	        1- Cuáles han sido las actividades desarrolladas 
previstas en el Articulo 2 del Acuerdo y sus resultados concretos, referidas a la creación de las 
condiciones favorables para el desarrollo de la cooperación económico comercial entre ambos 
países en lo relativo a:
	        
	        
	        a.- Exploración  y desarrollo de  nuevos 
mercados.
	        
	        
	        b.- Fomento de la  transferencia de 
tecnología.
	        
	        
	        c.- Estímulo a  la cooperación entre las pequeñas y 
medianas empresas.
	        
	        
	        d.- Promoción de la cooperación industrial y 
agrícola entre ambos países.
	        
	        
	        e.- Desarrollo de las vías de comunicación.
	        
	        
	        f.- Otras formas de cooperación que presenten 
interés recíproco.
	        
	        
	        2- Cuáles han sido las actividades y sus 
resultados concretos con respecto al desarrollo de las actividades económicas y comerciales, 
contratos o acuerdos entre empresas, organizaciones e instituciones públicas y privadas de 
ambos países. Y cuáles han sido las políticas desplegadas para prestar asistencia y apoyo para 
la conclusión y ejecución de contratos o acuerdos,   conforme lo establece el Articulo 5 del  
Acuerdo.-
	        
	        
	        3- Cuáles han sido las actividades concretas 
ejecutadas y sus resultados para impulsar a las empresas, organizaciones e instituciones 
públicas y privadas de los dos países a participar en exposiciones y ferias internacionales 
realizadas en ambos países, e intercambiar distinta información económica y comercial, 
conforme lo establece el Articulo 7 del Acuerdo.-
	        
	        
	        4- Cuáles han sido las actividades y sus 
resultados concretos para el desarrollo de las condiciones favorables facilitando inversiones 
directas, actividades comerciales, intercambio de experiencia mediante la realización de 
programas comerciales y la capacitación de especialistas en diferentes áreas, conforme lo 
establece el Artículo 8 del acuerdo.-
	        
	        
	        5- Quiénes integran la  Comisión Mixta 
Argentino-Armenia para la Cooperación Económico-Comercial con el objeto de supervisar la 
ejecución del presente Acuerdo, asistir a las Partes Contratantes y presentar propuestas y 
recomendaciones encaminadas a la ampliación del comercio y al fortalecimiento de la 
cooperación entre los dos países conforme el Artículo 9 del acuerdo.
	        
	        
	        6- Cuántas reuniones se han considerado 
apropiado realizar y en que país se efectuaron. En caso de haberse realizado en Armenia, 
cuántas fueron y quiénes han integrado la comisión incluidos los expertos y asesores. También 
cuántos días duró cada comisión, y qué resultados concretos concluyeron de dichas 
reuniones.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        	Con fecha 26 Noviembre del 2003, fue 
sancionada la Ley N º 25.838, publicada en el Boletín Oficial el 15 de Enero del 2004 que 
homologa el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE 
LA REPUBLICA DE ARMENIA, referido a temáticas COOPERACIÓN ECONOMICA Y COMERCIAL, 
suscripto en Buenos Aires el 03 de mayo de 1994.-
	        
	        
	        	Nuestra Constitución Nacional establece en su  
Capítulo IV, Artículo 75° Inciso  22, que son atribuciones del Congreso aprobar o desechar 
tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los 
concordatos de la Santa Sede, los cuales adquieren jerarquía superior a las leyes. De modo 
que, al haber adquirido el tratado jerarquía superior a las leyes, su cumplimiento debe tener 
ese alcance. Dar cumplimiento a los compromisos asumidos en un convenio internacional, 
supone respetar el espíritu de nuestra Constitución Nacional y los preceptos del Derecho 
Internacional.-
	        
	        
	        	Destacamos la importancia estratégica, 
económica y política de la suscripción de este tratado. Nos parece altamente beneficioso para 
nuestro país mantener lazos económicos y comerciales con el resto de las naciones del mundo. 
Esto permite insertar a la Nación Argentina al resto de la economía mundial, pudiendo así 
fortalecer el crecimiento y el desarrollo nacional.-
	        
	        
	        	Pero además de la importancia constitucional y 
económica de este tratado internacional, tengamos en cuenta que para llegar a su acuerdo, el 
Estado Nacional ha tenido que sufragar importantes gastos para que los representantes del 
país, puedan llegar a contactar a otras naciones, mediante viajes, estadías, asesores, viáticos, 
gastos protocolares, etc, sumado a otros gastos posteriores referidos al seguimiento y 
ejecución de este convenio.-
	        
	        
	        	Por la importancia del convenio en si mismo, 
sumado al sacrificio fiscal que tuvo que afrontar la nación para suscribirlo, es nuestro interés 
conocer la evolución y los resultados concretos de este tratado, habida cuenta que han 
transcurrido mas de tres años del momento de su aprobación por ley y que el plazo de 
expiración del mismo es de cinco años.-
	        
	        
	        	Por las razones expuestas solicito a esta 
Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el acompañamiento al presente proyecto de 
resolución.-
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| POGGI, CLAUDIO JAVIER | SAN LUIS | FRENTE DEL MOVIMIENTO POPULAR | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ECONOMIA (Primera Competencia) | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 13/11/2007 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |