ECONOMIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6757-D-2008
Sumario: ACTIVIDADES RECREATIVAS DE TREKKING, ANDINISMO O MONTAÑISMO: OBLIGATORIEDAD DE COBERTURA POR UNA EMPRESA DE SEGUROS.
Fecha: 09/12/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 178
	        Artículo 1º.- En 
todos los casos en que se realicen actividades recreativas individuales 
o en grupo - por mera voluntad de los interesados - de trekking, 
andinismo o montañismo, los participantes deben estar cubiertos por 
un seguro, de acuerdo a las condiciones que fije la autoridad en 
materia aseguradora, que cubra la totalidad de los gastos que pudieran 
incurrir en una evacuación y en su atención médica.
	        
	        
	        Artículo 2º.- En 
todos los casos que se organicen actividades comerciales de trekking, 
andinismo o montañismo o se cobre tarifa por participar en las 
mismas, los organizadores deben disponer de un seguro de 
responsabilidad civil por lesiones o muerte, por un monto equivalente 
al determinado en la ley 24.557 de Riesgo del Trabajo.
	        
	        
	        Artículo 3º.- Se 
invita a las Provincias a adherir íntegramente a esta ley y sus 
reglamentaciones
	        
	        
	        Artículo 4º.- 
Comuníquese al Poder Ejecutivo.   
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El andinismo en la República Argentina
Argentina es el destino indiscutido para aquellos montañistas que se animen al desafío de 		escalar la cumbre más alta de América, El 
Aconcagua (6959 m) en la cordillera mendocina. A este cerro, le siguen otros tan célebres 
como él, por su altura y su nivel de dificultad, como El Tupungato (6800) también en 
Mendoza. El Mercedario (6770) en la provincia de San Juan. El Tronador (3554 m) en 
Bariloche. El Fitz Roy (3375 m) o El Torre (3100 m), junto a los glaciares de Santa Cruz. A 
estos cerros se suma el atractivo de subir a volcanes, como el Lanín (3776 m), el 
Llullaillaco. (6723 m) y el Galán (6600 m). 
	        
	        
	        Por otro lado, el trekking o Senderismo es una 
de las actividades derivadas del andinismo, con mayor difusión a nivel turístico, ya que es 
una propuesta de fácil realización y a través de ella se viven experiencias muy intensas. 
Consiste básicamente en transitar caminando por picadas (senderos), en laderas, valles y 
quebradas, generalmente cruzando por bosques, arroyos ríos y cañadones; muchas 
veces combinado con otras actividades como rappel o cabalgatas.
	        
	        
	        	 
Las metas que se proponen suelen ser cumbres de media y alta montaña, glaciares, 
cascadas y miradores.
	        
	        
	         
Existe la posibilidad de avistar la fauna autóctona de los lugares que se visitan, como por 
ejemplo cóndores, guanacos, pumas, zorros, suris y toda clase de pájaros.
	        
	        
	         
El trekking ha tenido últimamente mucha difusión en el país. Es ideal para aquellas 
personas inquietas, que les gusta viajar de una manera diferente, disfrutando del contacto 
directo con la naturaleza.				
	        
	        
	        		 
La duración de la travesía puede ser de unas pocas horas hasta varios días. En este 
último caso el pernocte puede darse al aire libre o en pequeños refugios de montaña.
	
	        
	        
	        Argentina tiene diferentes paisajes propicios 
para practicar trekking, con bellezas naturales que atraen gente de todo el mundo (1) .
	        
	        
	        La zona Andina y la precordillera tanto al norte 
como al sur, tienen lugares con propuestas para diferentes gustos y aptitudes, siendo 
generalmente los destinos preferidos aquellos que proponen el desafío de conquistar la 
naturaleza. Los sitios mas difundidos para realizar trekking son los siguientes: Los 
Glaciares, Bariloche, San Martín de los Andes, Villa la Angostura, El Bolsón, San Juan, 
Mendoza,  Tierra del Fuego, Sierras de Córdoba, Salta, Jujuy y San Luis.
	        
	        
	        II.	La naturaleza del problema 
	        
	        
	        Muchos y complejos son los peligros a los que 
puede estar sometidos un escalador. Generalmente se dividen en objetivos (derivados 
directamente de la naturaleza y de su acción directa sobre el individuo) y subjetivos (que 
vienen dados por cada persona y su actuación); estos últimos, son por lo tanto los más 
difíciles de evaluar.
	        
	        
	        Quizá todos los peligros en la montaña se 
reduzcan finalmente al comportamiento del hombre. Así el frío, los desprendimientos de 
piedras o de hielo, las cornisas o los serac inestables, son peligros latentes en el 
transcurso de muchas escaladas, pero éstos amenazan al hombre sólo en la medida en 
que éste se expone a ellos.
	        
	        
	        El hecho es que el número de rescates en la 
montaña, aumentan en número en cada temporada de verano. En la mayoría de los 
casos, las víctimas son personas inexpertas e imprudentes que no llevan los equipos 
necesarios para una caminata de este tipo. En otras ocasiones no contratan guías 
experimentados, lo que aumentan los riesgos (2) . 
	        
	        
	        En cada rescate, generalmente se moviliza a 
decenas de socorristas, muchos de ellos voluntarios. Así, durante el verano de 2005-
2006, las brigadas de rescate de Parques Nacionales fueron convocadas en más de un 
centenar de emergencias, lo que además de insumir muchas horas hombre, generó 
importantes gastos (3) .
	        
	        
	        III.	El financiamiento de los 
rescates y traslados hacia los centros de atención
	        
	        
	        El incremento de caminantes y también el de 
emergencias multiplicó los grupos de rescate, pero no logró un sistema de financiamiento 
para paliar los cada día mayores costos que generan los operativos en la montaña.
	        
	        
	        El Estado puede tomar la decisión de asumir 
los costos derivados de una actividad. Lo que sucede es que no debe asumir todos los 
costos que derivan de las actividades de ciertos segmentos sociales, por la mera iniciativa 
de éstos. Esa conducta significaría simplemente que algunos pocos individuos asumirían el 
poder de tomar decisiones sobre los créditos presupuestarios del Estado Nacional, créditos 
que son financiados con el aporte de todos los habitantes que contribuyen con el Fisco. 
	        
	        
	        En cualquier sistema económico, la 
transferencia de costos propios en detrimento de un tercero es una externalización de los 
costos propios que corresponden a quien genera una acción. Existen actividades que son 
asumidas por el erario público sin discusión alguna, como sucede con la atención de los 
incendios urbanos, la seguridad o la educación, ya que afectan a toda la Sociedad por 
igual. Inclusive suele subsidiarse a los segmentos más indefensos o débiles, como parte 
de las políticas mas activas de un gobierno. 
	        
	        
	        En el caso de actividades tales como el 
andinismo, la recreación y el deporte en alta montaña, practicadas por un número 
proporcionalmente reducido de personas, el Estado debe tomar decisiones expresas sobre 
los costos que desea internalizar para que sean asumidos por la totalidad de los 
aportantes al Fisco.
	        
	        
	        A priori, sólo se podrían asumir ciertos costos 
básicos, pero no comprometer presupuestos locales anuales para el rescate de una sola 
persona que eligió realizar por si misma una actividad de alto riesgo. En una sociedad con 
graves desequilibrios, no puede permitirse que por la simple omisión de decisiones 
oficiales, las recaudaciones sean capturadas para cubrir gastos que podrían ser 
considerados superfluos. No obstante, una vez que las personas se encuentran en 
condiciones críticas, tampoco es posible abandonarla, porque cuando menos se aplicarían 
dos estrictas figuras del Código Penal vigente (abandono de persona, incumplimiento de 
los deberes del funcionario público).
	        
	        
	        Cuando se plantea el problema de los costos 
vinculados a la actividad de alta montaña, debe tenerse en cuenta que la internalización 
de costos motivados por la externalización de los costos de los terceros, actúa en 
detrimento de los objetivos institucionales, a menos que estos coincidan y hayan sido 
asumidos expresamente. 
	        
	        
	        Todas estas externalizaciones carecen de 
neutralidad social, porque implican una fuerte transferencia de débitos de un segmento 
que ejerce una actividad hacia otro que aporta los créditos, generalmente con menos 
poder de defenderse y de externalizar sus propios costos. Estas transferencias pueden 
contribuir a extremar las diferencias sociales. Por ejemplo, un solo rescate podría consumir 
el costo de una temporada de atención a varios miles de visitantes, aunque al andinista le 
pueda parecer una aventura en la que él solo corre los riesgos de la actividad. Si esto 
fuera una decisión institucional, sería una política de subsidio sectorial, como hay muchas, 
una decisión racional.
	        
	        
	        Cuando en las actividades de montaña y alta 
montaña hay autorizaciones comerciales, estas no se pueden facilitar en base al subsidio 
estatal, salvo razones de fomento (ley 22.351 (4) ). Los costos comprenden: servicios de 
atención oficial a los visitantes, costos de limpieza, costos de rescate, costos de patrullaje 
y control, inversiones en instalaciones y los costos inciertos asumidos a partir de asumir 
las responsabilidades que corresponden a la autoridad oficial.
	        
	        
	        Cuando el costo no es asumido por el Estado 
(si no hay un interés general en la actividad), el costo debe trasladarse a quien asumió el 
riesgo (obras sociales, seguro, empresa interviniente, particular protagonista, etc.) según 
corresponda.
	        
	        
	        El Estado debe actuar con extrema 
responsabilidad. Es por tal motivo que toda autorización comercial en alta montaña debe 
ser otorgada a firmas que por si o a través de responsables técnicos, reúnan los requisitos 
propios de la actividad. O sea que dispongan del equipamiento apropiado, que posean la 
calificación y los antecedentes necesarios para enfrentar el problema, que posean los 
seguros apropiados para cubrir los riesgos, que prevean la forma de evacuación y atención 
en caso de siniestro, etc. 
	        
	        
	        IV.	La creación de un registro 
obligatorio en el Parque Nacional Nahuel Huapi
	        
	        
	        El área de Uso Público de la intendencia del 
Parque Nacional Nahuel Huapi (PNNH) anunció nuevas medidas que apuntan a mejorar 
la seguridad de las personas que recorren las zonas de trekking y montaña aledañas a la 
ciudad de San Carlos de Bariloche (5) . Se creó un registro obligatorio para los caminantes 
en Internet y se prevén multas para los infractores. También se han clasificado los 
senderos y las travesías, según su complejidad, y se establecieron requisitos para 
transitarlos. El nuevo sistema incluye una campaña de difusión.
	        
	        
	        El guardaparque Mariano Calvi, a cargo del 
equipo de Uso Público, explicó que el registro está incluido en la nueva página oficial del 
PNNH, que fue recientemente remodelada. Dijo que en breve tiempo estará traducida al 
inglés y por consiguiente, argentinos y extranjeros podrán llenar el formulario de trekking 
incluido en www.nahuelhuapi.gov.ar.
	        
	        
	        Calvi es guía de montaña, y pese a no ejercer, 
conoce las reglas de prudencia que deberían respetar todas las personas que emprenden 
una caminata, ascensión o escalada en el Parque Nacional. Señaló que el presente 
sistema se viene estudiando hace varios meses y se pondrá en práctica durante todo el 
verano. Se implementa a modo de prueba en el parque local y en un futuro podría usarse 
en otros Parques de la Patagonia.
	        
	        
	        Cada persona que realice una excursión de 
montaña en el PNNH deberá completar el formulario en la web, el cual una vez 
completado podrá imprimirse, como constancia. También habrá registros manuales, en 
determinados sitios. Quien no cumpla este requisito, que no tiene costo, y sufra algún 
contratiempo en la montaña que implique su rescate, deberá pagar una multa. Por el 
contrario, si se registró, el rescate será este verano sin cargo. Por razones climáticas, el 
registro de trekking no podrá llenarse con más de 48 horas previas a la excursión.
	        
	        
	        El intendente del PNNH, Juan Salguero, dijo 
que en todos los casos, cuando se convoque a Parques por un rescate o por la búsqueda 
de una persona, se controlará en la web si cumplimentó su registro. Esto permitirá 
constatar la cantidad de integrantes, el equipo que llevaban, si tenían experiencia, etc. 
Aclaró que las multas serán equivalentes a los días de búsqueda o rescate que demande 
el socorrismo. Éste se hará con brigadistas de Parques y voluntarios de la Comisión de 
Auxilio del Club Andino Bariloche.
	        
	        
	        El archivo electrónico de los registros permitirá 
emprender acciones de mantenimiento de picadas y ordenar la circulación de los 
visitantes. Salguero explicó que existen itinerarios que exigen la obligación de ir con un 
guía, a excepción de que la persona sea un montañés experimentado.
	        
	        
	        V.	Consideraciones finales
	        
	        
	        Teniendo en cuenta la importancia que ha 
adquirido esta actividad, los riesgos que implica, y los altos costos involucrados, es que 
solicitamos la aprobación de este proyecto de declaración.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| MASSEI, OSCAR | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| DEPORTES (Primera Competencia) | 
| ECONOMIA |