LEGISLACION PENAL
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 404
Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR
Martes 15.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-7493/94 Internos 2403/01
clpenal@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 0034-D-2017
Sumario: CODIGO PENAL. INCORPORACION DEL ARTICULO 210 TER, SOBRE INTEGRACION DE UNA ASOCIACION O BANDA DE TRES O MAS PERSONAS DESTINADA A FACILITAR O DISTRIBUIR ESTUPEFACIENTES.
Fecha: 01/03/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
DELITOS DE ORDEN PÚBLICO
ASOCIACION ILICITA
Artículo 1°.- Incorpórese el artículo 210 ter al Código Penal, conforme el siguiente texto:
“Artículo 210 ter .− Será reprimido con prisión o reclusión de tres (3) años a diez (10) años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a facilitar o de cualquier modo distribuir estupefacientes de tipo tóxico y adictivos sin fines terapéuticos tales como la cocaína, la heroína, el crack, el paco (pasta base) y/o cualquier otra sustancia tóxica que causare adicción y daño a la salud física o psíquica de las personas.
La pena será nueve (9) a veinte (20) años, si el destinatario fuere una persona menor de edad o si se actuare con ardid o engaño.”
Artículo 2°.- Comuníquese al poder Ejecutivo nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Cuando observamos señor Presidente, lo difícil que les resulta a veces no tanto a los jueces o fiscales que son los receptores de las distintas denuncias de infinidad de delitos, y luego deben calificar, procesar y/o condenar, por la cantidad de autores de los hechos si han actuado tres o más personas, algunas mayores de edad y otras menores de edad, los legisladores entendemos que siempre el derecho va por detrás de los delitos, es decir siempre surgen argucias e iniciativas delictuales nuevas que hacen muy forzosa la aplicación de la figura de la asociación ilícita.
Con más razón en el ámbito de los ilícitos que involucran a las bandas que fabrican, cultivan, distribuyen, comercializan estupefacientes y que dañan a toda la sociedad argentina, especialmente a nuestros jóvenes. Vemos que persisten al día de hoy numerosas dificultades para delimitar su ámbito de protección, verificar la concurrencia de los requisitos típicos que habilitan su aplicación y determinar la forma en que estas figuras concurren con los delitos cometidos por la asociación.
Un conocido catedrático plántense el Dr. Maidana ha dicho: “Estas imprecisiones han permitido que la figura sea utilizada en forma abusiva y ha llevado a algunos a afirmar que se trata de “un saco roto donde van a parar casos que no superan la mera complicidad”, (UNLP), Especialista en Derecho Penal (Universidad Austral). Juez del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires. ).
En tiempos en que ARGENTINA encabeza en Latinoamérica, el proceso de una profunda reforma en materia legislativa, tendiente a la equiparación de los derechos civiles entre hombres y mujeres, reconociendo en cada ciudadano el camino de su propia realización personal, surge imperativo, NO DESCUIDAR, los valores que nuestros padres y abuelos nos inculcaron desde los albores de nuestra patria y que hicieron grande a nuestra Nación.
Por estos días nos enfrentamos a una nueva discusión en torno al tema de los estupefacientes y a la conveniencia a no de la despenalización del consumo.
Vivimos en un sistema de derecho, al que le ha costado y le cuesta mucho aún mantener los valores más altos de la vida en democracia y para ello es necesario respetar en grado máximo los principios y las garantías plasmadas en nuestra Constitución Nacional, porque son ellos los que harán que cada reforma introducida en el sistema legal, nos mantenga unidos y en armonía y respeto social.
Es en esta magnífica carta fundamental que es nuestra Constitución, donde la salud pública, la moral, la educación y la seguridad entre otros valores se tornan palpables y reales y son justamente esos valores los que hoy están en juego y a los cuales no podemos dejar de lado.
Cuando se habla de consumo de estupefacientes, surge necesario definir y delimitar el caso de las asociaciones ilícitas vinculadas al tema de ESTUPEFACIENTES, es lo que motiva la presente iniciativa señor Presidente y solicito a mis pares me acompañen en esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | SALTA SOMOS TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |