LEGISLACION PENAL
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0637-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA EDUCATIVO EN LAS CARCELES ARGENTINAS.
Fecha: 15/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional tenga a bien, a través de los organismos pertinentes, se sirva
informar diversas cuestiones relacionados con el funcionamiento del sistema
educativo en las cárceles argentina , a fin de tomar conocimiento sobre las mimas
que sistemáticamente no nos han sido informadas por parte del Estado Nacional
en estos últimos 12 años:
1-¿Cómo se lleva a cabo el sistema de
enseñanza en las penitenciarías? ¿La administración del sistema penitenciario
trabaja en colaboración con el Ministerio de Educación? En caso negativo, explique
los motivos,
2-Planes de Estudios Nacionales; ¿los
reclusos tiene acceso a los mismos?
En caso afirmativo, explique de qué
forma tienen acceso. En caso negativo, explique los motivos.
3-¿Se contempla la educación a
distancia? ¿Los reclusos tienen acceso a equipos informáticos?, ¿Se desarrolla
algún taller especial en razón de la condición de privación de la libertad que
ostentan?
4-Personal Docente: ¿El personal
docente recibe alguna capacitación especial en razón de la situación de los
reclusos?, ¿De cuántos profesores dispone cada prisión por normativa y en la
práctica? ¿Con qué clase de acciones o medidas se alienta a los reclusos que
tienen las aptitudes necesarias para enseñar a otros?
5-¿Salidas transitorias educativas:¿Se
permite a los reclusos salir temporalmente de la prisión por motivos educativos?,
¿Atendiendo a qué criterios? , ¿Cuáles son las normas que se aplican al respecto
tanto en las prisiones de régimen cerrado como abierto?, ¿Se ha realizado un
relevamiento para conocer cuántos reclusos gozan de permisos de salida temporal
por motivos educativos? ¿Se ha realizado un relevamiento para conocer cuántos
reclusos se han fugado utilizando las salidas educativas transitorias?
6-Salidas transitorias educativas: ¿Se
permite a los reclusos salir temporalmente de la prisión por motivos educativos?,
¿Atendiendo a qué criterios? , ¿Cuáles son las normas que se aplican al respecto
tanto en las prisiones de régimen cerrado como abierto?, ¿Se ha realizado un
relevamiento para conocer cuántos reclusos gozan de permisos de salida temporal
por motivos educativos? ¿Se ha realizado un relevamiento para conocer cuántos
reclusos se han fugado utilizando las salidas educativas transitorias?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En primer lugar es importante
ubicarnos y conocer la realidad que presenta el sistema educativo implementado
en las cárceles de nuestro país, teniendo en cuenta las características materiales
que presenta como así también las condiciones sociales, culturales que posee
esta clase de alumnos-reclusos, que la hacen una modalidad especial de
enseñanza.
La educación es un derecho humano
al cual todo individuo tiene que tener acceso y así lo consagran las distintas
normas legales internacionales de raigambre constitucional.
El estado debe garantizar a sus
ciudadanos el cumplimiento de sus derechos fundamentales, como en este caso la
educación .Es la particular situación de los reclusos reconocidos como uno de los
sectores más vulnerables de la sociedad, que necesita una importante atención y
tratamiento por parte del mismo.
Nuevamente haciendo mención a las
características especiales que presentan esta clase de enseñanza, es que debo
marcar una de las principales a mi criterio, que es la situación de encierro, lo que
plantea una realidad diferente que a veces torna imposible el ejercicio efectivo del
derecho a la educación. Sumado a esto las demás situaciones de carencia que
presentan el sistema carcelario en nuestro país que son de público conocimiento,
pero debo resaltar que no en todas las distintas jurisdicciones se presentan.
Algunas de ellas son ; el hacinamiento en las cárceles debido a la súper población
de las mismas , las condiciones de insalubridad e higiene , el restringido acceso o
nulo a controles médicos ,la mala alimentación , la violencia (ejercida entre las
propias personas privadas de su libertad, como también de aquella que
pertenecen al sistema penitenciario).
Es por todo esto que la educación se
convierte en un beneficio más que en el reconocimiento a un derecho humano
fundamental para los reclusos.
Es la educación uno de los pilares
fundamentales que debe apoyarse el estado para cumplir con los fines de la
pena.
Es por ello que en este proyecto el
objetivo perseguido es tomar conocimiento de la información en cuanto al sistema
de educación aplicado en las cárceles de nuestro país existe en la actualidad y
como se ha trabajado en esta temática a lo largo de estos últimos 12 años, para
desarrollar políticas públicas inclusivas en forma conjunta y coordinada con los
organismos públicos vinculados a la materia, y con organizaciones de la
comunidad.
Por todo lo expuesto, le solicito a mis
pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | COMPROMISO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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