LEGISLACION PENAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3207-D-2019
Sumario: CODIGO PENAL. MODIFICACION DEL ARTICULO 5° SOBRE LA INCORPORACION DE LA CASTRACION QUIMICA A LOS CONDENADOS CON SENTENCIA FIRME POR DELITO DE PEDOFILIA.
Fecha: 27/06/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
MODIFICAR EL CODIGO PENAL ARGENTINO LEY N° 11.179 (T.O. 1984) – INCORPORANDO EL ARTICULO 5 BIS PENA LA CASTRACION QUIMICA A LOS CONDENADOS POR DELITO DE PEDOFILIA
Artículo 1º - Modificase el artículo 5º del Código Penal, que quedara redactado de la siguiente forma:
"Art. 5.- Las penas que este Código establece son las siguientes: reclusión, prisión, multa, inhabilitación y castración química.”
Artículo 2º.- Incorporase como artículo 5º bis del Código Penal, el siguiente texto:
"Art 5º bis: La castración química, se aplicará a quienes se encuentren condenados con sentencia firme por el delito de pedofilia.
Esta se aplicará juntamente con la pena privativa de libertad que corresponda, y procederá para los casos previstos en los artículos 119, 120 y 124 del Código Penal Argentino.
Artículo 3°.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los Países deben tener independencia siempre para dictar normas que también den garantías a una sociedad que se encuentre huérfana de determinadas libertades y esto debe ir más allá de los tratados internacionales que los distintos gobiernos firmen.
Nuestra Nación debe instrumentar derechos y establecer nuevas garantías de convivencia para los ciudadanos, que la habitan en forma permanente o transitoria que deben desarrollarse dentro del orden la paz y la seguridad, hoy distintas leyes que establecen penas para los delitos que se cometen pero en líneas generales, contiene demasiadas excepciones, en algunos casos no se transforman en leyes estáticas, ya que los distintos núcleos sociales van experimentando cambios dinámicos en si mismas, en sus costumbres , estructuras sociales y desarrollos tecnológicos, que llevan a un cambio en las tipificaciones de los delitos este cambio es necesario y es por ello que adecuar estas leyes a los tiempos que vivimos hoy.
La sociedad real y no las corporaciones día a día nos reclaman que hagamos algo con los distintos temas que se presentan diariamente.
Soy consciente que con este proyecto vengo a alterar o pedir que se revisen los distintos tratados que nuestro país, como integrante de una comunidad global y respetuosa de las normas que aprueban en esas organizaciones es que tal vez no podemos avanzar en distintas penas que la sociedad nos reclama.
La castración química, es el proceso a través del cual se aplican inyecciones a los individuos, de medicamentos destinados a reducir la libido y a reducir la actividad sexual, por lo general, para impedir que los violadores, pederastas y otros delincuentes sexuales reincidan; diversos países del mundo aplicación este procedimiento como pena para los violadores, abusadores sexuales, pederastas, etc., como ser: EE.UU., Rusia, Polonia, Moldavia, Corea del Sur, Estonia, etc.-
El mundo periodístico público en el año 2010, la siguiente noticia: “En la República Argentina en el año 2010, en la provincia de Mendoza, acosados por la ola de ataques sexuales, las autoridades de esta provincia, llegaron a anunciar la castración química: en pocos meses comenzarán a aplicar la castración química a los condenados por violación. El gobierno mendocino tomó la decisión tras determinar que el 70% de quienes van a prisión por abusos sexuales son reincidentes.
Organismos de defensa de víctimas de violación afirman que ese número es mayor y alcanza al 90% de los violadores.”
La decisión del gobernador Celso Jaque causó gran conmoción en el país y puso a Argentina en línea con otras naciones como Suiza, Francia y España, que también permiten la castración química.
El método, que consiste en administrar fármacos para disminuir el deseo sexual de los abusadores, sería aplicado de forma voluntaria. (BBC Mundo, 10 de Marzo de 2010).”
Personalmente en todos mis actos respeto el derecho a la vida, es por ello que no puedo pedir determinadas penas que la sociedad si reclama para este tipo de delitos pero estoy convencido que si queremos que esto empiece a cambiar, debemos tener la valentía de dar el debate y poner este tema en la agenda nacional y no digo en la agenda de la presidenta digo en la agenda de la sociedad, de los medios y de nosotros los parlamentarios pero sin miedo y sin demagogia con coraje y con respeto vamos a lograr una argentina inmensa y grande.
Por las razones expuestas y en virtud a la realidad social que vivimos en nuestro país es que les solicito a mis pares el acompañamiento en la aprobación del presente proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | SALTA SOMOS TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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