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LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3361-D-2017

Sumario: CODIGO PENAL DE LA NACION. MODIFICACION DEL ARTICULO 149 TER, SOBRE AMENAZAS PARA CONDICIONAR EL VOTO DE INTEGRANTES DE UN TRIBUNAL DE JURADOS.

Fecha: 22/06/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 74

Proyecto
Artículo 1º: Incorpórese el sigueinte como inciso 3 del artículo 149 ter del Código Penal:
3) De cinco a doce años de prisión si las amenazas tuvieren como propósito condicionar el voto de un integrante de un Tribunal de Jurados.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la actualidad las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Neuquén y Río Negro contemplan en sus legislaciones procesales la posibilidad de juzgamiento de delitos mediante el procedimiento ante Tribunales de Jurados. Este tipo de procesos -aún no previsto para la Nación, pero en tratamiento legislativo- tiende a adoptarse en casi todas las provincias argentinas. Actualmente, en la mayoría de las provincias existen diversos proyectos bajo análisis legislativo.
En función de estas circunstancias, es dable suponer que cuando se utilice con mayor frecuencia esta modalidad de juzgamiento y nos encontremos habituados a este mecanismo procesal, puedan aparecer conductas reprochables que afecten funcionamiento y el desarrollo normal de esos procesos.
Así las cosas, con esta iniciativa proponemos que el Código Penal contemple penas considerables para quien incurra en las figuras penales que aquí se crean.
Concretamente, se intenta proteger la libertad de actuación de los jurados estableciendo una pena de cinco a doce años de prisión para quien los amenace con el propósito de condicionar su voto en un caso concreto en el que intervenga.
Se contempla la posibilidad de que el miembro del Jurado sea víctima de amenazas y que, en función de ello, se pretenda direccionar su voto en un caso concreto. En este caso el miembro del Jurado aparece como posible víctima de delito.
La propuesta legislativa que aquí se presenta tiene como fin prever posibles conductas penalmente reprochables que puedan surgir como consecuencia de las nuevas legislaciones procesales que contemplan la actuación de Tribunales de Jurados.
Esas conductas merecen su tratamiento legislativo en forma concreta y específica y es por esos motivos que solcito a los colegas legisladores acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LITZA, MONICA EDITH BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
EHCOSOR, MARIA AZUCENA BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
LAGORIA, ELIA NELLY CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
GRANDINETTI, ALEJANDRO ARIEL SANTA FE FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES)