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LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 3743-D-2016

Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL FALLO DE LA CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL, EN EL CUAL SE DESCONOCEN COMO DELITOS DE LESA HUMANIDAD LOS CRIMENES COMETIDOS POR EL ESTADO ARGENTINO, EN EL HECHO CONOCIDO COMO "MASACRE DE CAPILLA DEL ROSARIO"

Fecha: 16/06/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 75

Proyecto
Expresar preocupación y repudio por el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, en el cual se desconocen como delitos de lesa humanidad los crímenes cometidos por el Estado argentino, en el hecho conocido como “Masacre de Capilla del Rosario”.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Fue en agosto de 1974, cuando un grupo de militantes del Ejército Revolucionario del Pueblo, intentó el copamiento del Regimiento 17 de Infantería Aerotransportada, pero agentes de las policías Federal y Provincial y de las Fuerzas Armadas lograron evitarlo.
En la retirada, el grupo del Ejército Revolucionario del Pueblo se dividió: una parte escapó a Tucumán y salvó su vida y el resto de los hombres se refugiaron en el monte. Estos últimos fueron fusilados cuando estaban desarmados e intentaron rendirse.
Para llevar adelante esta causa por delitos de lesa humanidad conocido como Masacre de Capilla del Rosario, los familiares y organismos de derechos humanos trabajaron durante 12 años, donde tuvieron que reunir pruebas y buscar a los testigos en todo el país.
El Tribunal Oral Federal de Catamarca, a cargo de los jueces Juan Carlos Reynaga, Gabriel Eduardo Casas y Carlos Jiménez Montilla después de cinco meses de juicio y más de medio centenar de testigos, anunció la condena a cadena perpetua a los tres acusados por la "Masacre de Capilla del Rosario" por los fusilamientos de militantes del Ejército Revolucionario del Pueblo, en agosto de 1974. A Carlos Eduardo del Valle Carrizo Salvadores, Mario Nakagama y Jorge Exequiel Acosta, se los consideró "coautores del delito de homicidio doblemente agravado por ser con alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas -14 hechos-".
Las víctimas por la masacre fueron: Mario Héctor Lezcano, Juan de Olivera, Rogelio Gutiérrez, José María Molina, Luis Santiago Billinger, Carlos María Anabia, Raúl Eduardo Sainz, Juan Carlos Lescano, Luis Roque López, Silverio Pedro Orbano, Roberto Domingo Jerez, Alberto Rosales, Rutilio Dardo Betancourt Roth y Enrique Caccivillliani.
Por el estado de sus cuerpos se pudo constatar que los habían masacrado, cuando ya se habían rendido. Presentaban heridas en las axilas, en las manos y en el cráneo.
Luego de estas condenas, hoy vemos con perplejidad el fallo de la Cámara de Casación Penal, con la firma de los jueces Eduardo Rafael Riggi (quien con anterioridad se había pronunciado en contra de la nulidad de las leyes de impunidad) y Liliana Catuchi, que no solo absuelve a los condenados, sino que también reaviva en su pronunciamiento, la teoría de los dos demonios, donde los delitos de lesa humanidad pasan a ser excesos.
Señor Presidente, porque tenemos plena conciencia de cuánto ha costado esta democracia y lo que significa para nuestra sociedad el fin de la impunidad, porque dijimos nunca más también a la teoría de los dos demonios, y porque estoy segura que mis pares, independientemente de los posicionamientos políticos, quieren un país con más memoria, verdad y justicia, solicito me acompañen con su voto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)