LEGISLACION PENAL
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4465-D-2017
Sumario: "DIA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y TODO TIPO DE ESCLAVITUD". SE ESTABLECE COMO TAL EL 23 DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO.
Fecha: 24/08/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
ESTABLECIENDO EL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE COMO
“DÍA NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS
Y TODO TIPO DE ESCLAVITUD”
ARTÍCULO 1º.- Declárese el 23 de septiembre de cada año como “Día Nacional de Lucha contra la Trata de Personas y todo tipo de Esclavitud”.
ARTÍCULO 2º.- Durante ese día, el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la autoridad de aplicación que determine, debe realizar acciones alusivas que promuevan la concientización sobre la problemática y actividades tendientes a abolir este flagelo mundial.
ARTÍCULO 3º.- Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones de la presente ley.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 23 de septiembre de 1913, se promulgó en nuestro país la Ley N° 9.143, la primera norma legal en el mundo destinada a luchar contra la explotación sexual. Conocida también como “La Ley Palacios”, esta normativa ha sido pionera en la lucha contra la esclavización sexual de mujeres, niños y niñas, sentando un valioso antecedente para la penalización del delito y la protección de las víctimas.
Tomando como antecedente el espíritu de esta ley, la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas, en coordinación con la Conferencia de Mujeres, realizada en el año 1999 en Dhaka, Bangladesh, instituyó el 23 de septiembre como el “Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños”, con la finalidad de concientizar a los gobiernos, a las organizaciones de la sociedad civil, y a las sociedades, sobre las causas y consecuencias de este flagelo que afecta a todos los países del mundo, aunque con mayor gravedad a las naciones en vías de desarrollo.
Nuestro país, sumándose a las estrategias impulsadas por la comunidad internacional y a la constante lucha de las organizaciones de la sociedad civil contra la explotación sexual de mujeres, niñas y niños, adopta en el año 2008 la Ley N° 26.364 para la prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas. Con ella, el delito y su investigación adquieren el carácter de federal. Se crea, asimismo, la Oficina de Rescate y Acompañamiento de Personas Damnificadas por el Delito de Trata en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, fortaleciendo la política de persecución del delito y de rescate y asistencia a las víctimas.
El alcance de esta norma fue extendido en 2012 con la aprobación de la Ley N° 26.842, que fortalece la legislación vigente imponiendo penas más severas y profundizando las acciones de visibilización y concientización sobre esta problemática. Se crea el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, y el Comité Ejecutivo.
Argentina fue así, el primer país de Latinoamérica en sancionar una ley contra la trata y por lo tanto pionera en poner este tema en discusión e institucionalizar instancias gubernamentales abocadas a esta tarea. Sin embargo, la pelea contra esta nueva forma de esclavitud aún no alcanza; quedan pendientes tareas en la concientización, prevención, asistencia a víctimas, como así también en la detección, persecución y desarticulación de las redes de trata y explotación.
El Papa Francisco, en oportunidad de la ceremonia realizada en el Vaticano para la firma de la Declaración de los Líderes Religiosos contra la Esclavitud, de la que participaron líderes religiosos católicos, anglicanos, musulmanes, hindúes, budistas, judíos y ortodoxos, firmada el 2 de diciembre 2014, afirmó que “a pesar de los grandes esfuerzos de muchos, la esclavitud moderna sigue siendo un flagelo atroz que está presente a gran escala en todo el mundo, incluso como turismo. Este crimen de lesa humanidad se enmascara en aparentes costumbres aceptadas, pero en realidad hace sus víctimas en la prostitución, la trata de personas, el trabajo forzado, el trabajo esclavo, la mutilación, la venta de órganos, el mal uso de la droga, el trabajo de niños. Se oculta tras puertas cerradas, en domicilios particulares, en las calles, en automóviles, en fábricas, en campos, en barcos pesqueros y en muchas otras partes. Y esto ocurre tanto en ciudades como en aldeas, en las villas de emergencia de las naciones más ricas y más pobres del mundo. Y lo peor, es que tal situación, desgraciadamente, se agrava cada día más”.
Por todo lo expuesto, haciéndonos eco de la decisión oportunamente adoptada por la Coalición Contra el Tráfico de Personas y por la Conferencia de Mujeres, es que proponemos la nominalización de ese día como el “Día Nacional de Lucha contra la Trata de personas y todo tipo de esclavitud”, para que el mismo sea conmemorado en nuestro país de acuerdo a nuestras propias realidades y necesidades, y promoviendo desde las instancias gubernamentales competentes la realización de acciones y actividades alusivas tendientes a aportar a la erradicación de la trata de personas y de la esclavitud en cualquiera de sus formas.
Por lo expuesto, solicito a los señores diputados acompañen este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GUERIN, MARIA ISABEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
KUNKEL, CARLOS MIGUEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1436-D-19 |