LEGISLACION PENAL
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4761-D-2018
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL ESTADO DE SALUD DE LA SEÑORA MILAGRO SALA, DETENIDA EN EL PENAL FEDERAL DE LA PROVINCIA DE SALTA.
Fecha: 08/08/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Expresar su profunda preocupación por el estado de salud y de aislamiento de la Sra. Milagro Sala, Diputada del Parlasur.
Y repudiar el incumplimiento por parte de las autoridades pertinentes de la medida provisional dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que determinó que la Sra. Sala debía cumplir detención domiciliaria en su residencia habitual, en el barrio de Cuyaya de San Salvador de Jujuy.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Milagro Sala se encuentra privada de la libertad desde el mes de enero del año 2016. Primero estuvo en el penal de Alto Comedero, a siete kilómetros del centro de la ciudad de Jujuy, y ha padecido varios cuadros críticos que afectaron su salud, por ello sus médicos personales están autorizados para atenderla de manera irrestricta y efectuar bajo su responsabilidad el seguimiento de la paciente.
El 31 de julio pasado, Milagro Sala se desvaneció mientras almorzaba en el lugar donde cumplía prisión domiciliaria, en la localidad de El Carmen, Jujuy; quienes estaban con ella llamaron al SAME, que demoró alrededor de 40 minutos en llegar y la trasladó al Hospital Pablo Soria de la ciudad capital. Durante ese tiempo, permaneció inconsciente y en el hospital fue entubada e ingresada en terapia intermedia. Dada la situación de extrema vulnerabilidad que aqueja a la legisladora del MERCOSUR, no hay argumento que pueda justificar la decisión de no permitirles a su esposo e hijas/os tener contacto con ella. La misma actitud se dispensó para con sus abogados defensores y con el médico Dr. Jorge Rachid y psicólogo Lic. Mario Burgos, equipo que coordina Dr. Daniel Gollan.
El día 07 de agosto Milagro Sala fue trasladada al penal federal salteño de General Güemes, por orden del juez Pablo Pullen Llermanos, esta medida que fue calificada por el Comité que trabaja por su liberación como “absolutamente arbitraria y contraria a lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ordenó la detención domiciliaria de la dirigente social en su residencia habitual". Desde su defensa destacan que en la cédula de notificación no hay ninguna fundamentación respecto a la medida, y es por ello que se planteará denuncia ante los organismos internacionales, y que presentarán un habeas corpus en su favor.
Resulta a su vez necesario, y de justicia, exigir el cumplimiento de la medida provisional dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos , ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que determinó que Milagro Sala debía cumplir detención domiciliaria en su residencia habitual, en el barrio de Cuyaya de la ciudad capital de la provincia de Jujuy.
Motiva este proyecto una genuina preocupación por visibilizar los hechos descriptos a efectos de que no se repitan y se subsanen a la brevedad posible; por ello solicito a mis pares su acompañamiento para la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |