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LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4957-D-2017

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS CONDICIONES DE ALOJAMIENTO EN EL COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL N° 1 DEL PARTIDO DE EZEIZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Fecha: 14/09/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo, a través del órgano que corresponda, informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, sobre las condiciones de alojamiento en el Complejo Penitenciario Federal Nº 1 del Partido de Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, en relación a los siguientes puntos:
a) Ejecución del presupuesto en curso.
b) Detalles del estado de las obras realizadas y plazos de finalización de las ya iniciadas.
c) ¿Cuáles son las condiciones de higiene del establecimiento?
d) ¿Cuáles son las condiciones de alojamiento?
e) ¿Cuál es la capacidad de alojamiento con la que dispone el Complejo Penitenciario y cuántas personas se encuentran privados de su libertad?
e) ¿Cuáles son los programas educativos en curso?
f) ¿Cuál es calidad de alimentación recibida?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto parte de la preocupación respecto de situaciones reflejadas por diferentes informes realizados y publicados en medios de comunicación y organismos nacionales sobre las precarias condiciones de detención que tienen los reos en el Complejo Penitenciario Federal N° 1 del Partido Bonaerense de Ezeiza.
Según el informe de la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN), se registraron al menos 343 casos de maltratos y torturas en las cárceles federales de todo el país en el primer semestre del año, esto derivó en la presentación de 120 denuncias penales ante la Justicia.
Por otra parte, el último estudio que el organismo dio a conocer y que se presentó el miércoles último en el Senado, el titular del área consideró que es gravísima la situación de los penales federales.
El penal donde se registraron mayor cantidad de casos es el Complejo Federal Penitenciario I (Ezeiza), con 92 hechos; seguido de la cárcel de Marcos Paz, alrededor de 40; la Unidad 4 de Santa Rosa, La Pampa, 35; el complejo de mujeres de Ezeiza, 32; la cárcel de Villa Devoto, con 28 y el anexo del Complejo Federal de Jóvenes Adultos de Ezeiza, con 19. También se relevaron víctimas en otras 25 unidades federales y en unidades de servicios penitenciarios provinciales (Misiones, Córdoba y Mendoza).
El informe indicó que la cantidad de casos de agresiones físicas registrados por la PPN no pretende representar el volumen de la violencia penitenciaria habida cuenta de la llamada cifra negra, pero los episodios documentados deben ser entendidos como un “piso mínimo” para comprender la sistematicidad y estructura de estas prácticas institucionales.
En cuanto a la evolución histórica de las torturas, de acuerdo al estudio pasaron de 197 hechos en 2009 a 606 el año pasado, aunque el pico máximo se registró en 2014 con 823 casos. Si bien no hay datos de este año, también se recordó que entre 2009 y 2016 hubo 152 muertes por causas violentas en las cárceles y que el año pasado se produjeron 14.
Otros datos del informe ratifican una tendencia que se mantiene en los últimos meses y es el crecimiento de la población penitenciaria a niveles históricos, en el segundo trimestre del año el número de detenidos alcanzaba a 11.531 internos, mientras que en 2014, por ejemplo, era de 9.800.
El informe atribuyó la denominada inflación penitenciaria al uso sistemático de la prisión preventiva, la baja utilización de las medidas alternativas a la cárcel, la reducida aplicación de libertades anticipadas y la presión de la opinión pública.
Para la PPN, las proyecciones futuras de este fenómeno resultan poco auspiciosas teniendo en cuenta la sanción de la norma que modificó la ley de Ejecución Penal, que impide acceder a salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional y libertad asistida a los condenados por homicidios y robos agravados, secuestro seguido se muerte, delitos sexuales, tortura seguida de muerte y trata de personas, entre otros delitos.
Por otro lado, en el Complejo Penitenciario Federal N° 1 se comprobó la falta de funcionamiento de los inodoros, las canillas, falta de suministro de luz eléctrica y agua en las celdas individuales para observar las condiciones en las que viven los reclusos, una inusual cantidad de suicidios. También faltaban colchones, condiciones que se suman a un régimen de vida de encierro individual al límite. El régimen de vida del sector era de 23 horas de encierro con una hora para salir al patio, hablar por teléfono. La Comitiva hizo señalamientos puntuales como atención médica, higiene y mantenimiento.
Es un derecho establecido en nuestra Constitución Nacional que las cárceles se encuentren en buenas condiciones; artículo 18: las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.
Nuestro país se encuentra entre los países que siguen incrementando su población en cárceles, junto con el resto de los países sudamericanos. Según el mismo informe (PPN), la cantidad de presos en Argentina aumentó casi un 190 por ciento en los últimos 20 años, al pasar de 25.163 en 1996 hasta 72.693 a fines de 2015, tendencia que se mantiene hasta los primeros meses de este año.
El informe estadístico anual de la PPN, que reúne la información de los servicios penitenciarios provinciales y el federal, sin contabilizar las personas detenidas en comisarías, detalla que el 62 por ciento de las personas presas en cárceles tenía en 2015 menos de 34 años y el 85 por ciento menos de 44. Por otro lado, el 96 por ciento eran hombres, el 94 por ciento argentinos y el 90 por ciento vivían en ámbitos urbanos al momento de ser detenido.
En cuanto al nivel de instrucción: el 72 por ciento no había alcanzado o pasado del nivel de escolaridad básica: el 38 por ciento contaba con primario completo, el 28 con primario incompleto y el 6 por ciento no registraba ningún nivel educativo formal.
Es importante resaltar que el 68 por ciento de las personas presas en el país al año 2015 se concentraban en cinco provincias: Buenos Aires (33.482), Córdoba (6.802), Mendoza (3.862), Santa Fe (3.027) y Salta (2.602); que coinciden con los distritos más poblados y centros urbanos más grandes.
Las reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos” establecen, entre ellas:, regla 4.2: las administraciones penitenciarias y otras autoridades competentes deberán ofrecer educación, formación profesional y trabajo, así́ como otras formas de asistencia apropiadas y disponibles, incluidas las de carácter recuperativo, moral, espiritual y social y las basadas en la salud y el deporte. Todos esos programas, actividades y servicios se ofrecerán en atención a las necesidades de tratamiento individuales de los reclusos, regla 17: Todas las zonas del establecimiento penitenciario que frecuenten los reclusos deberán mantenerse limpias y en buen estado en todo momento, regla 22. 1: Todo recluso recibirá́ de la administración del establecimiento penitenciario, a las horas acostumbradas, una alimentación de buena calidad, bien preparada y servida, cuyo valor nutritivo sea suficiente para el mantenimiento de su salud y de sus fuerzas. Según los datos e imágenes del informe creemos que estas reglas no son respetas.
Es indispensable saber con exactitud las condiciones, reunir la información pertinente que se solicita a fin de poder promover e instrumentar medidas que permitan solucionar estas situaciones que se presentan en la mayoría de las cárceles de nuestro país.
Por lo brevemente expuesto aquí solicito a mis pares me acompañen con el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)