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LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 5977-D-2017

Sumario: CODIGO PENAL - LEY 11179 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 184, ELEVANDO LA PENA DE PRISION A QUIEN CAUSARE DAÑOS EN EL SISTEMA DE EDUCACION.

Fecha: 10/11/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164

Proyecto
MODIFICASE EL ARTÍCULO 184 DEL CÓDIGO PENAL Ley 11.179 TITULO VI DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD
Capítulo VII: Daños
Artículo 1°.- Modificase el artículo 184 del Código Penal Argentino, Ley 11.179 (T.O. 1984 actualizado), (Conf. Texto Art. 11 de la Ley N° 26.388, B.O. 25/6/2008) el que quedará redactado de la siguiente forma
“ARTICULO 184. - La pena será de tres UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES a CINCO (5) AÑOS de prisión, si mediare cualquiera de las circunstancias siguientes:
1. Ejecutar el hecho con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones;
2. Producir infección o contagio en aves u otros animales domésticos;
3. Emplear substancias venenosas o corrosivas;
4. Cometer el delito en despoblado y en banda;
5. Ejecutarlo en archivos, registros, bibliotecas, museos o en puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público; o en tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos; o en datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos;
6. Ejecutarlo en sistemas informáticos destinados a la prestación de servicios de salud, de educación, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte u otro servicio público.”
Artículo 2°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 26.388 previo a su sanción durante el debate parlamentario de ese proyecto que luego se convirtió en ley, los legisladores entendieron que la modificación resultaba imprescindible, ya que el código por entonces vigente sólo establecía como delito de daño el que recaía sobre cosas tangibles, siendo que los datos o programas de un sistema informático son viene intangibles.
La última parte del artículo en análisis contiene lo que se conoce como virus informáticos.
La ejecución del daño en en archivos, registros, bibliotecas, museos o en puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público; o en tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos; o en datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos o en sistemas informáticos destinados a la prestación de servicios de salud, de educación, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte u otro servicio público, resalto y propongo además de la ampliación de la pena, el servicio de educación, por cuanto es un estamento fundamental y a cuidar de nuestra comunidad.
Son de público y notorios los daños ocasionados recientemente a la comunidad educativa de nuestro país a través de 3000 amenazas de bombas a diferentes tipos de instituciones educativas, que pusieron en alarma a autoridades de los establecimientos educativos, docentes, no docentes, alumnos y comunidad educativa toda.
Los virus son programas informáticos que tienen como objetivo alterar el funcionamiento del computador, sin que el usuario se dé cuenta. Estos, por lo general, infectan otros archivos del sistema con la intensión de modificarlos para destruir de manera intencionada archivos o datos almacenados en tu computador. Aunque no todos son tan dañinos.
Más de una vez nos hemos preguntado: ¿Cómo infecta un virus el computador?
El usuario instala un programa infectado en su computador. La mayoría de las veces se desconoce que el archivo tiene un virus.
El archivo malicioso se aloja en la memoria RAM de la computadora, así el programa no haya terminado de instalarse.
El virus infecta los archivos que se estén usando en es ese instante.
Cuando se vuelve a prender el computador, el virus se carga nuevamente en la memoria RAM y toma control de algunos servicios del sistema operativo, lo que hace más fácil su replicación para contaminar cualquier archivo que se encuentre a su paso.
En consecuencia, el daño causado por estos virus, una vez instalados, son gravísimos no solo por todo lo que dañan que aves es al propio equipo informático, sino al costo de personal especializado para hacer la “limpieza” de los mismos o lo que es peor tener que comprar un equipo nuevo.
Por todo lo expuesto Señor Presidente, solicito a mis pares faciliten el tratamiento del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OLMEDO, ALFREDO HORACIO SALTA SALTA SOMOS TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)