RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
Comisión Permanente
Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 149
Secretario administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR
Jefe SR. OTTONE IGNACIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4125-D-2006
Sumario: TRANSITO, LEY 24449: INCORPORACION DE LOS ARTICULOS 28 Y 29 (NIVELES PERMISIBLES DE EMISION DE FUENTES Y NORMAS PARA DISPOSITIVOS SONOROS).
Fecha: 21/07/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 97
ARTICULO 1.- Incorporase como artículo 28 de la Ley Nacional 24449, el texto que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 28".- NIVELES PERMISIBLES DE EMISIÓN DE FUENTES MÓVILES. El gobierno Nacional reglamentará, los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres que funcionan con cualquier tipo de combustible apto para los mismos y los equipos y procedimientos de medición de dicha emisiones.
ARTÍCULO 2.- Incorporase como artículo 29 de la ley Nacional 24449, el texto que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 29".- NORMAS PARA DISPOSITIVOS SONOROS. Todo vehículo deberá estar provisto de un aparato para producir señales acústicas de intensidad, no superior a los señalados por las autoridades ambientales; utilizables únicamente para prevención de accidentes y para casos de emergencia. Se buscará por parte de la autoridad de aplicación de la presente ley, reducir significativamente la intensidad de silbatos y sirenas dentro del perímetro urbano, utilizando aparatos de menor contaminación auditiva.
El uso de sirenas, las luces intermitentes, o de alta intensidad y aparatos similares está reservado a los vehículos de bomberos, ambulancias, recolectores de basura, socorro, emergencia, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte. Se prohíbe el uso de sirenas en vehículos particulares; el uso de bocinas y/o cornetas, en el perímetro urbano; el uso e instalación, en cualquier vehículo destinado a la circulación en vías públicas, de toda clase de dispositivo o accesorios diseñados para producir ruido, tales como válvulas, resonadores y pitos adaptados a los sistemas de bajo y de
frenos de aire; el uso de resonadores en el escape de gases de cualquier fuente móvil y la circulación de vehículos que no cuenten con sistema de silenciador en correcto estado de funcionamiento. El tránsito de transporte pesado está restringidos en las vías públicas de los sectores de tranquilidad y silencio, conforme a las normas municipales que al efecto se expidan, teniendo en cuenta el debido uso de las bocinas y/o cornetas.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto que pongo a consideración de mis pares tiene por objetivo incorporar un conjunto de normas referidas a la protección del medio ambiente, y de regulación de los efectos contaminares sonoros y visuales, principalmente en las zonas urbanas.
De esta forma se estará protegiendo la salud psicofísica de nuestros conciudadanos, con la preservación de un adecuado medio ambiente, ya que como es conocido y vivenciado por todos los que habitamos las ciudades, en las mismas se ocasionan frecuentemente sonidos que perjudican nuestra salud. La contaminación sonora es producto del conjunto de sonidos ambientales nocivos que recibe el oído, El Instituto de Seguridad y Educación Vial (ISEV), verificó en la ciudad de Buenos Aires que en la intersección de las avenidas Santa Fe y Juan B. Justo se alcanzaron picos sonoros que han superado la barrera de los 105 decibeles (dB): mientras que el instituto Pro Buenos Aires señaló a los barrios de Retiro, Recoleta, San Nicolás, Balvanera y Almagro como áreas de lesiones irreversibles (más de 80 dB) en 1995.
El aumento de la contaminación sonora en la ciudad de Buenos Aires es notable en la última década y, particularmente preocupante desde 1993. creció en 1996 un 2 % con relación a 1995 y un 9% respecto a 1993. en el caso señalado de la zona más ruidosa (100 dB) los picos alcanzados se traducen en un nivel que entra en el rango de riesgo auditivo ( se pierde la percepción sonora; su límite es la sordera). Siendo que la Ordenanza Municipal específica permite un máximo que está muy por debajo de la cifra citada, es de imaginar, por lo pronto, el daño que sufren las personas que viven o transitan en dichas zonas, diarieros, floristas, conductores de transporte público, comunicación que muchas veces allí se establece a gritos.
Buenos Aires es la cuarta ciudad más ruidosa del mundo, después de Tokio, Paris y New York. Semejante dato y las consecuencias del fenómeno nos alertan sobre este desorden y nuestro comportamiento desaprensivo en el lugar en que vivimos, sin duda el corazón de un enorme conglomerado urbano y poblacional que conforma y rodea a la ciudad. Tal desajuste aparece aquí poco vinculado a las molestias y perturbaciones del ruido fabril e industrial de centros de desarrollo y producción, lo que hace más preocupante la interpretación del problema. Los efectos de la contaminación sonora se manifiestan en molestias o lesiones inmediatas o daños por acumulación: trastornos físicos ( elevación pasajera de agudeza auditiva); trauma acústico: envejecimiento prematuro del oído y perdida de la capacidad auditiva. Los ruidos constituyen uno de los males característicos que ya forman parte de nuestra actividad cotidiana: las bocinas de los vehículos particulares o de transportes públicos, la construcción, los lugares de diversión y los sistemas electrónicos (altavoces y parlantes), industrias, el tráfico aéreo y los aeropuertos, etc. ocasionan importantes afecciones que deterioran el ambiente y alteran nuestras vidas. El hombre tiene derecho a un mínimo de sanidad y seguridad ambiental, resultante de una armónica relación entre las condiciones del aire, suelo y agua y de todos los factores modificadores de las respectivas circunstancias que conforman el medio. Tiene el derecho a un ambiente sano, tal como lo consagró nuestra Constitución Nacional. La contaminación del aire, junto con la contaminación sonora, son motivo de gran preocupación en las grandes ciudades del mundo.
El tema ha sido objeto de gran cantidad de seminarios, jornadas científicas efectuadas en las dos últimas décadas. Importantes y frecuentes factores de naturaleza política y económica perturban una consideración ecuánime del problema. El progreso material de los industrializados origina permanentemente nuevas formas de contaminación. El hacinamiento poblacional acrecienta el problema: surge una conciencia ecológica que debe armonizar con las necesidades del desarrollo y el progreso de todos los pueblos. La legislación ambiental comparada ofrece un carácter variado, una tendencia a la dispersión, aunque hay también una corriente que nos acerca a la constitucionalización de este derecho. Toda esta temática, particularizada a la contaminación sonora, es hoy un motivo de preocupación a nivel internacional, con repercusión distinta en los países. En los últimos años, los esfuerzos más serios de la comunidad internacional en este sentido se han traducido en la profundización de los estudios sobre causas y origen (fuentes), deterioro y políticas de prevención y control de la contaminación sonora. Así se ha considerado en seminarios y conferencias de Naciones Unidas y otros organismos internacionales, incluyendo la ECO/92 de Río de Janeiro, y en la normativa que adoptan los países a través de acuerdos y de sus propias regulaciones. En los programas de acción nacionales que reciben asistencia, apoyo y coordinación internacional, se propende a incluir, cuando procediere, con relación al ruido: establecimientos de criterios para fijar niveles máximos permitidos de ruido e incorporación de medidas de evaluación y control del nivel de ruido en los programas de contaminación ambiental.
Resulta necesario emplear, a la vez tecnología inocua y racional. Deben utilizarse todos los recursos naturales renovables en forma sostenible, reciclando los desechos. Con motivo de la Conferencia de Río (informe de la Comisión Principal sobre Transporte) se sostuvo la necesidad de facilitar "la cooperación en los planos internacionales, regional, subregional y nacional para la transferencia de tecnologías seguras, eficientes y menos contaminantes, particularmente a los países en vías de desarrollo. Deben reforzarse las conversaciones sobre Medio Ambiente y Transporte con atención especial a emisiones de ruido y gases proponiendo medios de transporte que reduzcan al mínimo los efectos adversos en la atmósfera. En consecuencia el proyecto expuesto pretende lograr una adecuada reducción de los niveles de contaminación sonora relacionados con el transporte. Por lo expuesto solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley con su voto favorable.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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SARTORI, DIEGO HORACIO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) |