VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0218-D-2011
Sumario: MODIFICACION DE LA LEY 22520 DE MINISTERIOS: CREACION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DE LA NACION.
Fecha: 02/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
	        CREACION DEL 
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y 
DESARROLLO URBANO DE LA  NACION.- 
	        
	        
	        El Senado y 
la Cámara de Diputados de la Nación...sancionan con fuerza de ley:
	        
	        
	        Artículo 1º - Sustitúyese el 
artículo 1º de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) 
y sus modificatorias, por el siguiente: 
	        
	        
	        "ARTICULO 1º.- El Jefe de 
Gabinete de Ministros y TRECE (13) Ministros Secretarios tendrán a su 
cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministerios serán los 
siguientes: 
	        
	        
	        - Del Interior.- 
	        
	        
	        - De Relaciones Exteriores, 
Comercio Internacional y Culto.- 
	        
	        
	        - De Defensa.- 
	        
	        
	        - De Economía y Finanzas 
Públicas.- 
	        
	        
	        - De Planificación Federal, 
Inversión Pública y Servicios.- 
	        
	        
	        - De Justicia, Seguridad y 
Derechos Humano.- 
	        
	        
	        - De Trabajo, Empleo y 
Seguridad Social.- 
	        
	        
	        - De Desarrollo Social.- 
	        
	        
	        - De Salud.- 
	        
	        
	        - De Educación.- 
	        
	        
	        - De Ciencia, Tecnología e 
Innovación Productiva.- 
	        
	        
	        - De Producción.- 
	        
	        
	        - De Vivienda y Desarrollo 
Urbano.-" 
	        
	        
	        Art. 2° - Incorpórase como 
Artículo 24 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 
12 de marzo de 1992), sus modificatorios y complementarios, el siguiente: 
	        
	        
	        "ARTICULO 24.- Compete 
al MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y 
DESARROLLO URBANO, asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de 
Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente 
a formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional 
en materia de vivienda, apuntando al fortalecimiento de la promoción, 
construcción y desarrollo de la 'vivienda social' como política de Estado 
destinada a los sectores más vulnerables de la sociedad , y en particular: 
	        
	        
	        A.I) RESPONSABILIDAD 
PRIMARIA.-
	        
	        
	        Asistir a al Presidente de la 
Nación y al Jefe de Gabinete en la formulación de la Política Nacional de 
Vivienda, como así también en la elaboración, realización y financiación de 
los Programas habitacionales del Sector Público Nacional o Provincial 
destinados a los sectores de recursos insuficientes con o sin capacidad de 
ahorro. 
	        
	        
	        A.II)ACCIONES.-
	        
	        
	        1.- Dirigir la ejecución de 
los estudios socioeconómicos, financieros y tecnológicos a efectos de la 
elaboración de los planes habitacionales pertinentes. 
	        
	        
	        2.- Dirigir la evaluación y 
determinación de prioridades en relación con el déficit, la disponibilidad de 
recursos y la política de desarrollo nacional y local.
	        
	        
	         
3.- Establecer las normas y procedimientos para la adecuada 
instrumentación de los planes habitacionales formulados.
	        
	        
	         
4.- Promover las acciones conducentes a incrementar los niveles de calidad 
y productividad del sector, en particular aquellas que impliquen el 
desarrollo de nuevas tecnologías y la industrialización de la 
construcción.
	        
	        
	         
5.- Promover la inversión de recursos en el campo de la vivienda a través 
de la participación activa en la creación, coordinación e implementación de 
fondos fiduciarios u otras fuentes de financiamiento a nivel e 
internacional.-
	        
	        
	        6.- Dirigir la elaboración y 
aplicación de programas habitacionales orientados a los sectores de 
recursos insuficientes con alguna capacidad de ahorro. 
	        
	        
	        7.- Establecer los criterios 
para la evaluación del cumplimiento de objetivos y metas, planificando y 
ejerciendo las acciones de contralor y auditoría en el uso de recursos del 
FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA y de otros de carácter nacional o 
internacional. 
	        
	        
	        8.- Dirigir las acciones 
tendientes a brindar cooperación y asistencia técnica a organismos 
públicos y privados, promover la capacitación y el perfeccionamiento de 
profesionales y técnicos del sector y difundir los trabajos elaborados en la 
materia de su competencia. 
	        
	        
	        B) SECRETARIA 
NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y 
VIVIENDA.
	        
	        
	        B.I) RESPONSABILIDAD 
PRIMARIA
	        
	        
	        Asistir al Ministro de 
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano,  en la formulación 
de la Política Nacional de Desarrollo Urbano y planificar las acciones 
conducentes a la organización territorial y al desarrollo urbano. Definir los 
aspectos normativos de la política de uso de suelo, de ordenamiento 
territorial, de ejes directrices para el desarrollo sustentable de las ciudades 
según su dimensión y población, acorde con su escala y con su inserción 
en el espacio productivo -economías regionales - de la jurisdicción a la que  
pertenezca. 
	        
	        
	        B.II)ACCIONES 
	        
	        
	        1.- Establecer las normas y 
procedimientos para la adecuada instrumentación de las políticas de 
desarrollo urbano formuladas.
	        
	        
	         
2.- Coordinar y compatibilizar con los organismos responsables, las 
políticas que incidan en el desarrollo urbano y en la organización territorial 
y promover la ejecución de las acciones destinadas al ordenamiento de los 
asentamientos humanos, concurrentes al desarrollo social de sus 
habitantes. 
	        
	        
	         
3.- Coordinar la ejecución de las políticas nacionales dirigidas al desarrollo 
urbano y al ordenamiento territorial y supervisar su ejecución.
	        
	        
	         
4.- Promover la inversión de recursos en el campo del desarrollo urbano. 
	        
	        
	         
5.- Dirigir la elaboración de la normativa para el desarrollo de los 
programas de urbanización, de provisión de tierra, infraestructura, 
equipamiento, completamiento o mejoramiento para el desarrollo adecuado 
de los asentamientos humanos.
	        
	        
	         
6.- Dirigir las acciones tendientes a brindar cooperación y asistencia 
técnica a organismos públicos y privados y promover la capacitación y el 
perfeccionamiento de profesionales y técnicos del sector. 
	        
	        
	        C)) DIRECCION 
NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL
	        
	        
	        C.I) RESPONSABILIDAD 
PRIMARIA 
	        
	        
	        Asistir al señor Secretario 
de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda, en la 
formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de programas de 
infraestructura social destinados al mejoramiento del hábitat de la 
población con necesidades básicas insatisfechas y de  
asistencia a la población damnificada por emergencias climáticas y 
naturales. 
	        
	        
	        C.II)ACCIONES 
	        
	        
	        1.- Planificar, ejecutar y 
evaluar las acciones y programas de infraestructura social destinados al 
mejoramiento del hábitat de la población con necesidades básicas 
insatisfechas y de asistencia a la población damnificada por emergencias 
climáticas y naturales.
	        
	        
	         
2.- Coordinar acciones con los organismos provinciales y locales, la 
aplicación de programas de infraestructura social.
	        
	        
	         
3.- Elaborar un modelo de gestión que permita potenciar los recursos 
sociales y las formas de organización de la comunidad en la 
implementación de programas de construcción y mejoramiento de la 
infraestructura social.-
	        
	        
	        4.- Planificar, ejecutar y 
evaluar los programas y acciones desarrolladas en el marco de los 
procesos de fortalecimiento de las capacidades barriales y locales 
periurbanas o rurales para el mejoramiento del hábitat.
	        
	        
	         
5.- Dirigir las acciones tendientes a brindar cooperación y asistencia 
técnica a organismos públicos y privados en los temas de su competencia 
y promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y 
técnicos del sector.
	        
	        
	         
6.- Planificar, ejecutar y evaluar los programas y acciones que permitan el 
arraigo habitacional vinculado a la producción regional de minifundios en 
comunidades con alto grado de riesgo en su hábitat y proclives a la 
migración interna hacia las urbes. 
	        
	        
	        D) DIRECCION 
NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS Y PROGRAMAS 
HABITACIONALES.-
	        
	        
	        D.I) RESPONSABILIDAD 
PRIMARIA
	        
	        
	        Asistir al señor Secretario 
de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda en la 
coordinación de las políticas y programas sociales que se desarrollen en 
todo el territorio nacional por el nivel nacional, a fin de garantizar la 
complementariedad con otros programas provinciales, locales y los 
financiados con organismos internacionales 
	        
	        
	        Asistir al señor Secretario 
de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda en la 
elaboración, ejecución y financiamiento de programas para la emergencia 
habitacional para atender los requerimientos de las áreas y poblaciones en 
situación de vulnerabilidad y riesgo  
habitacional. 
	        
	        
	        D.II)ACCIONES 
1.- Canalizar las solicitudes de asistencia por parte de las jurisdicciones 
provinciales y locales en materia habitacional, evaluando y proponiendo 
las respuestas más ajustadas a la realidad socio - habitacional de las 
jurisdicciones demandantes. 
	        
	        
	        2.- Coordinar las acciones 
de los programas habitacionales nacionales de vivienda, infraestructura y 
equipamiento social en particular aquellos financiados con los recursos 
internacionales a fin de lograr acciones más eficientes para la resolución 
de los  
problemas habitacionales.-
	        
	        
	        3.- Coordinar con las 
jurisdicciones provinciales y locales la aplicación de políticas y programas 
de vivienda, infraestructura y equipamiento social. 
	        
	        
	        4.- Dirigir la ejecución de 
programas destinados a la atención de los requerimientos habitacionales 
de las áreas y poblaciones en situación de emergencia habitacional. 
	        
	        
	        5.- Coordinar con las 
jurisdicciones provinciales y locales la aplicación de programas de 
emergencia habitacional.-
	        
	        
	        6.- Coordinar las acciones 
referentes a las vinculaciones institucionales y funcionales con las 
entidades públicas y privadas del sector, tendiendo a la conformación de 
espacios de participación y consulta intersectorial. 
	        
	        
	        Art. 3º.- De forma.-
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Es imprescindible e 
impostergable la  Creación de un Ministerio de "Vivienda,  
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano", para procurar el 
mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del país, 
constituyendo un organismo generador de políticas públicas democráticas, 
transparentes y participativas en el ámbito del hábitat urbano y rural que 
contribuyan al desarrollo económico y social sostenible en lo ambiental y 
equilibrado territorialmente. 
	        
	        
	        Su creación está basada en 
la necesidad de generar políticas de Estado para la resolución integral de 
los problemas de habitabilidad en el territorio nacional, garantizando el 
acceso a la vivienda , a saber: 
	        
	        
	        -	vivienda para los diversos 
niveles sociales de la población, con especial atención de las necesidades 
insatisfechas en la materia de los sectores más vulnerables de nuestra 
población, y por ende, en la promoción y construcción de 'viviendas 
sociales'; 
	        
	        
	        -	acceso a la tierra 
construida; 
	        
	        
	        -	infraestructura básica de 
soporte ambiental (agua potable, cloacas, electricidad y servicios); 
	        
	        
	        -	producción social del 
hábitat y participación; 
	        
	        
	        -	Identificación  e 
implementación de diversos métodos de financiamiento para el acceso a la 
vivienda: a) créditos para planes habitacionales; b) créditos blandos 
individuales; c) cooperativas de vivienda; d) subsidios para construcciones 
nuevas y/o ampliaciones de viviendas existentes, y otros
	        
	        
	        Todas estas dimensiones 
deberían actuar como ejes articuladores con altos niveles de integración, 
cohesión social y territorial. Asimismo deberían aportar un proyecto 
nacional de crecimiento sustentable socioeconómico favoreciendo la 
distribución progresiva del ingreso y las necesidades de un hábitat 
humano de calidad ambiental, solidaria y participativa, con especial 
énfasis en la 'vivienda social' destinada a los sectores más vulnerables de 
nuestra población. 
	        
	        
	        La elaboración de un Plan 
operativo de vivienda y ordenamiento territorial debería relacionarse 
directamente con el Plan Estratégico Bicentenario 2010-2016 del 
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios 
presentado en el año 2010 por el gobierno nacional, a través de las 
iniciativas claves que presenta para planificar el desarrollo regional y 
global del modelo deseado de territorio nacional.   También asumiendo 
que: "... un número significativo de ciudades muestra el tipo de mutación 
que tiene lugar en la mayoría de los procesos urbanizadores 
contemporáneos, donde la ciudad central se expande como una mancha 
sin solución de continuidad con ciudades vecinas y la interfase urbano-
rural es objeto de presiones múltiples..." (Caso gran Buenos Aires, Gran 
Rosario en expansión y otras ciudades del país). 
	        
	        
	        Al mismo tiempo, se 
deberían desarrollar relaciones e intercambios con las diversas áreas de 
gobierno involucradas en las temáticas básicas (Desarrollo social, tierras, 
servicios de infraestructura, financiamiento, municipios, provincias, etc.) 
para la mejor toma de decisiones y de gestión por parte del ente ejecutor 
que asuma esta responsabilidad. . 
	        
	        
	        Promover al rango de 
MINISTERIO al órgano estadual que se ocupa de las políticas de vivienda y 
de ordenamiento territorial, resulta coherente con el modelo impulsado en 
nuestro país desde el año 2003, cuando asumiera la Presidencia de la 
Nación el DR. NESTOR KIRCHNER, y cuya continuidad y profundización 
se halla ahora en manos nuestra actual Presidenta, Cristina Fernández de 
Kirchner, en tanto dicho modelo de crecimiento con inclusión social y 
redistribución equitativa de la riqueza traduce la voluntad gubernamental , 
que este Congreso debe acompañar, de respetar y garantizar los derechos 
humanos en su integralidad, que en este caso abarcan a los llamados 
ddhh de segunda generación, más conocidos como DESC (Derechos 
Económicos Sociales y Culturales), y que incluyen obviamente la 
promoción estadual de la planificación en materia de viviendas, en 
especial, teniendo en cuenta a los sectores más vulnerables, a los que los 
'planes de vivienda social' deberán dar progresiva satisfacción del derecho 
enunciado, pero hasta ahora insuficientemente garantizado, en nuestra 
Constitución Nacional.
	        
	        
	        Esta inquietud, expresada 
en el presente proyecto de ley, se compadece con las iniciativas y 
legislaciones comparadas que a título ilustrativo se mencionan en el anexo 
que se acompaña al mismo, seguidamente a los fundamentos.
	        
	        
	         Por las razones 
expuestas solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del 
presente proyecto
	          
      
  
 
					
  ANEXO
ANEXO DE REFERENCIA - LEGISLACION COMPARADA
	        PAÍSES DE AMERICA 
LATINA QUE ELEVARON A RANGO MINISTERIAL EL TEMA DE LA 
VIVIENDA
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE 
(URUGUAY)
	        
	        
	              
http://www.mvotma.gub.uy/
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PANAMA)
	        
	        
	                    
http://www.mivi.gob.pa/
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL 
(COLOMBIA)
	        
	        
	             
http://www.minambiente.gov.co/
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO (PERU)
	        
	        
	         
http://www.vivienda.gob.pe/
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
CIUDADES (BRASIL)
	        
	        
	        http://www.cidades.gov.br/ministerio-das-
cidades/TR%20Planejamento%20Estrategico.pdf
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
OBRAS PUBLICAS,  SERVICIOS Y VIVIENDA (BOLIVIA) 
http://www.oopp.gob.bo/      
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
VIVIENDA Y URBANISMO (CHILE)
	        
	        
	                    
http://www.minvu.cl/
	        
	        
	        PAÍSES DE LA UNIÓN 
EUROPEA
	        
	        
	        MINISTERIO DE 
VIVIENDA (ESPAÑA) http://www.mviv.es/es/.  
	        
	        
	        Ministère de l'Equipament, 
des Transports, de l'Aménagement du territoire, du Tourisme et de la 
Mer (FRANCIA) Es el Ministerio encargado de desarrollar la política de 
vivienda francesa.
	        
	        
	        Ministero delle 
Infrastutture e dei Trasporti : (ITALIA) Página web del Ministerio 
encargado de la política de vivienda del gobierno italiano.
	        
	        
	        Bundesministerium für 
Verkehr, Bau-und Wohnungswesen: Es el Ministerio encargado de 
Vivienda en Alemania. Dispone de toda la información sobre la política en 
esta materia en el país germano. (ALEMANIA) 
	        
	        
	        Office of the Deputy Prime 
Minister. Housing: Es la equivalencia la Ministerio de Vivienda español. 
Aquí se encontrará toda la información relativa a la política de vivienda de 
este país. (REINO UNIDO)
	        
	        
	        The Department of 
Environment, Heritage and Local Government: Es la entidad estatal 
encargada de dirigir la política de vivienda de este país. (IRLANDA) 
	          
      
  
 
				| Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| GULLO, JUAN CARLOS DANTE | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| DI TULLIO, JULIANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| CALCHAQUI, MARIEL | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) | 
| VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
 Trámite 
 
							| Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado | 
|---|---|---|---|
| Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | ||
| Diputados | SOLICITUD DE RETIRO DE FIRMA DE LA DIPUTADA GRANADOS (A SUS ANTECEDENTES) |