VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0556-D-2012
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE USO DE LA MADERA ARGENTINA EN LA CONSTRUCCION.
Fecha: 09/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
	        CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE USO DE LA 
MADERA ARGENTINA EN LA CONSTRUCCIÓN
	        
	        
	        De su creación
	        
	        
	        Artículo 1º - Créase el Programa 
Nacional de uso de la Madera Argentina en la construcción, que se desarrollará de 
conformidad a lo establecido en la presente ley y sus disposiciones 
reglamentarias.
	        
	        
	        Objetivo, misión y 
funciones
	        
	        
	        Artículo 2º - Serán tareas prioritarias 
del Programa promover el aumento del consumo local de productos madereros, 
contribuyendo a aumentar la competitividad de los integrantes de la cadena de 
valor, a través de la;  
	        
	        
	        a)	Construcción de estructuras 
de viviendas y piezas de aberturas en general;
	        
	        
	        b)	Fabricación de mobiliario 
escolar o partes de los mismos destinados a la comercialización;
	        
	        
	        c)	Fabricación del mobiliario o 
partes de los mismos, cabreadas, entrepisos, cielorrasos, tiranterías en general, 
molduras de zócalos, cornisas, aberturas interiores y exteriores, amoblamientos de 
cocinas que se destinen a los complejos habitacionales construidos con fondos del 
Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI); y demás planes públicos de construcción de 
viviendas o de complejos habitacionales realizados en todo el País
	        
	        
	        El Programa no podrá, en el 
cumplimiento de su objetivo, comercializar directa o indirectamente productos o 
subproductos de madera.
	        
	        
	        Artículo 3º -  El Programa Nacional de 
uso de la Madera Argentina en la Construcción administrará el Fondo de Promoción 
de la Madera Argentina en la Construcción  que se crea en la presente ley, 
mediante el cual financiará las acciones necesarias para cumplir su misión. A tal 
efecto podrá:
	        
	        
	        a)	Promover y celebrar convenios 
o asociaciones para el desarrollo e impulso  del consumo local de productos o 
subproductos de madera;
	        
	        
	        b)	Llevar a cabo estudios e 
investigaciones que tiendan a difundir las ventajas de la utilización de productos de 
madera en la construcción de viviendas y diferentes tipos de mobiliarios;
	        
	        
	        c)	Promover inversiones en 
investigación, desarrollo, transferencia de las últimas tecnologías relacionadas con 
la actividad forestal;
	        
	        
	        d)	Dictar y organizar cursos de 
formación y perfeccionamiento, y realizar conferencias, congresos, reuniones, 
seminarios o eventos similares, relativos a los productos de madera, utilizados en la 
construcción de viviendas y mobiliarios;
	        
	        
	        e)	Identificar y gestionar 
recursos de fuente local o externa para apoyar la ejecución de las actividades del 
programa;
	        
	        
	        f)	Promocionar y fomentar el 
uso de la madera en la construcción y trabajar coordinadamente con otros 
organismos públicos para identificar y derogar todas las normativas que 
actualmente dificultan su uso;
	        
	        
	        g)	El dictado de cursos para 
lograr el mejoramiento de las técnicas de elaboración y optimización de resultados 
en cuanto a la calidad en la producción de la materia prima maderera. La 
capacitación y especialización de recursos humanos en carpintería de obra para 
lograr el progresivo uso de la madera en la construcción y el desarrollo de esta 
actividad;
	        
	        
	        h)	Elaborar programas de 
consorcios y/o asociaciones de empresas madereras para concentrar la oferta y 
mejorar la competitividad, calidad y precio del producto
	        
	        
	        i)	Incentivar y promocionar el 
desarrollo de la industrialización local de la madera en la fabricación de artículos 
diversos, muebles y partes de los mismos;
	        
	        
	        j)	Desarrollar cualquier actividad 
que tienda al mejor cumplimiento de los objetivos establecidos.
	        
	        
	        Autoridades
	        
	        
	        Artículo 4º - El Poder Ejecutivo 
determinará las modalidades de participación y coordinación en el Programa de  
organismos públicos con actuación en el sector; teniendo en cuenta que el 
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, el FO.NA.VI. - Fondo Nacional de la 
Vivienda los Organismos Ejecutores Provinciales y de la Ciudad Autónoma de 
Buenos Aires, y el Consejo Nacional de la Vivienda serán  responsables de la 
aplicación de la Ley 
	        
	        
	        Artículo 5º - El Ministerio de 
Agricultura, Ganadería y Pesca convocará a las distintas entidades privadas 
vinculadas con el quehacer del sector a incorporarse al Programa.
	        
	        
	        Fondo de de uso de  la 
Madera Argentina en la construcción
	        
	        
	        Artículo 6º - Créase el Fondo de 
Promoción de la Madera Argentina en la Construcción  para financiar el Programa 
Nacional el cual se integrará con los siguientes recursos:
	        
	        
	        a)	Entre un 0,5 % y un 1 % de 
los fondos destinados a solventar el apoyo económico establecido en el artículo 17 
de la ley 25.080;
	        
	        
	        b)	Los aportes que realicen las 
organizaciones privadas del sector;
	        
	        
	        c)	Los legados, 
donaciones y contribuciones estatales o privadas que acepte el Fondo.
	        
	        
	        Artículo 7º - El Poder Ejecutivo 
reglamentará la presente ley dentro de los 60 días de su promulgación.
	        
	        
	        Artículo 8º - Comuníquese al Poder 
Ejecutivo
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El sector forestal argentino ingresó al 
nuevo milenio dentro de un escenario mundial marcado por cambios significativos, 
y una realidad local dinámica y al mismo tiempo paradójica; con la presencia 
simultánea de indicadores que entusiasman y de aquellos que requieren la máxima 
atención.
	        
	        
	        El mundo pierde 13.7 millones de 
hectáreas de bosques por año. La Argentina es uno de los países con mayor 
potencial para compensar ese déficit por tener una excepcional conjunción de 
condiciones ambientales que permiten implantar tanto especies de rápido 
crecimiento de uso industrial como maderas de alta calidad, con una amplia 
dotación de tierras aptas para bosques implantados.
	        
	        
	        Efectivamente, la Argentina tiene 20 
millones de hectáreas aptas para la forestación sin competir con otras actividades 
agropecuarias. A esto debe agregarse el excepcional potencial para generar nuevos 
bosques, de alta eficiencia y con ritmos de crecimiento difíciles de igualar en otras 
partes del mundo.
	        
	        
	        Adicionalmente, el comercio mundial 
de productos forestales está creciendo con un simultáneo incremento de los déficit 
regionales de madera. Por otro lado, las restricciones al aumento de la producción 
que hoy predomina entre la mayoría de los países productores contribuyen a 
otorgar a la Argentina una oportunidad única para recibir inversiones millonarias en 
el sector sistema productivo forestal.
	        
	        
	        Debemos aclarar que el consumo 
interno de productos forestales es muy bajo. Existe una estrecha vinculación entre 
el consumo de productos madereros y el desarrollo económico. Se advierte una 
gran diferencia en el consumo por habitante por año entre los países 
industrializados y los países en desarrollo. Estados Unidos consume 3.2 metros 
cúbicos de madera por año, Chile 1.40, el promedio mundial es de 0.73 y la 
Argentina sólo consume 0.39 metro cúbico anual por habitante.
	        
	        
	        Estos números son ilustrativos del 
bajísimo nivel de consumo de productos forestales en nuestro país. Representa la 
cuarta parte de lo que consume Chile que a su vez es menos de la mitad de lo que 
consume Estados Unidos.
	        
	        
	        Señor presidente, entendemos que el 
escenario mundial y las condiciones de nuestro país plantean excelentes 
perspectivas para el despegue del sistema foresto-industrial y su ubicación en una 
senda de desarrollo autosostenido. Pero para consolidar esta oportunidad 
entendemos que no basta con promocionar el aumento de las plantaciones
	        
	        
	        Si bien el esfuerzo presupuestario que 
está haciendo nuestro país para promocionar la implantación de bosques cultivados 
es muy importante, ello constituye sólo un primer paso si se lo compara con el 
accionar de otros países.
	        
	        
	        En forma simultánea, el escaso 
consumo de productos forestales en el mercado interno argentino requiere de una 
estrategia de fomento del consumo y su integración con los 
	        
	        
	        destinos de exportación. La vocación 
forestal del país sólo se podrá mantener en la medida que exista una activa y 
creciente demanda por los productos que nuestros bosques entregan. Para ello se 
requiere aumentar continuamente la eficiencia en la utilización y elaboración de los 
productos del bosque, mejorar su competitividad en el mercado externo y su 
aceptación en el mercado interno frente a otros materiales sustitutos.
	        
	        
	        Este proyecto fue trata de lograr que 
se pueda integrar el mayor valor agregado posible con la intervención del Estado 
que permita la mejor eficiencia técnica en todo el proceso. Siendo actividad forestal 
un  factor destacado de desarrollo y crecimiento. Queremos el aprovechamiento de 
las maderas regionales, y es en la construcción de viviendas donde el aumento de 
su consumo se logrará cristalizar. No solo como parte de la estructura, sino en las 
terminaciones a existencia de la ley en tal sentido, podrá lograr el mayor y mejor 
uso, con nuevos diseños y prácticas ingenieriles modernas, buscando la 
participación en este proceso muchas asociaciones que estudian el mejor manejo 
de la madera Argentina.
	        
	        
	        Por ello, en este proyecto de ley 
proponemos la creación de un Programa Nacional de Promoción de la Madera en la 
Construcción cuyas acciones promoverán el aumento del consumo local de 
productos forestales, buscando el beneficio de toda la cadena de este sector tan 
importante para nuestro País.
	        
	        
	        Por lo expuesto y entendiendo que en 
la búsqueda del  desarrollo de nuestro País no debe estar exento bajo ningún punto 
de vista este sector económico, es que solicitamos la aprobación del presente 
Proyecto de Ley.  
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR | 
| ASPIAZU, LUCIO BERNARDO | CORRIENTES | UCR | 
| CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR | 
| PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| INDUSTRIA (Primera Competencia) | 
| VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 08/05/2013 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |