VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0972-D-2007
Sumario: SUSPENSION DE REMATES Y DESALOJOS QUE AFECTAN A VIVIENDAS UNICAS Y FAMILIARES, LEY 26103: PRORROGASE A PARTIR DE SU VENCIMIENTO SU APLICACION POR EL PLAZO DE 90 DIAS HABILES.
Fecha: 23/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
	        ART. 1:  Prorrógase a partir de su 
vencimiento la Ley  N° 26.103 en todos sus términos,  y por el plazo de 90 ( 
noventa) días hábiles, la suspensión de las ejecuciones de sentencias que tengan 
por objeto el remate de la vivienda única y familiar originada en mutuos elegibles 
conforme lo prescripto por la Ley 25.798 y sus modificatorias.
	        
	        
	        ART. 2: Suspéndase por igual plazo 
los desalojos ordenados en los procesos por ejecuciones hipotecarias de vivienda 
única y familiar por mutuos elegibles, conforme lo dispuesto por la Ley 25.798 y 
concordantes.
	        
	        
	        ART. 3: En caso de haberse puesto en 
funcionamiento la unidad de reestructuración antes del plazo de los artículos 
precedentes, facultase a la autoridad de aplicación para que omita el cumplimiento 
de los mismos. 
	        
	        
	        ART.4:  La presente disposición es de 
orden público quedando comprendida dentro de la Ley. 25.561 (EMERGENCIA 
PUBLICA Y DE REFORMA DEL REGIMEN CAMBIARIO) y sus modificatorias.
	        
	        
	         ART.5: Comuníquese al Poder 
Ejecutivo Nacional.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        La situación habitacional de los 
argentinos, se ve amenazada por inminentes ejecuciones de deudores hipotecarios 
de vivienda única y familiar, por ello éste parlamento dictó leyes de prórroga a la 
suspensión de ejecuciones hipotecarias.
	        
	        
	        La  Ley   26.177, de fecha 29 de 
noviembre de 2006, busca la solución de fondo por la que atraviesan los deudores 
hipotecarios de vivienda única y familiar, por deudas contraídas con anterioridad a 
la convertibilidad.
	        
	        
	        Habida cuenta del inminente 
vencimiento de los plazos legales sin que se haya puesto en funcionamiento la 
Unidad de Reestructuración corresponde establecer una nueva prorroga en virtud 
que se dan los mismos supuestos que obligaron a los anteriores 
	        
	        
	        La Corte Suprema de Justicia de la 
Nación ya se ha pronunciado acerca de los mutuos entre particulares, avalando la 
teoría del esfuerzo compartido, pero los deudores con entidades bancarias siguen 
estando a la espera  de una solución..
	        
	        
	        Por lo expuesto, más lo que ampliará 
oportunamente el miembro informante en el recinto, es que solicito a mis pares 
me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| RUCKAUF, CARLOS FEDERICO | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| JUSTICIA (Primera Competencia) | 
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