VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1269-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS VIVIENDAS ANUNCIADAS EL DIA 24 DE ENERO DE 2011 EN EL MARCO DEL "PLAN INTEGRAL DE SANEAMIENTO AMBIENTAL DE LA CUENCA MATANZA - RIACHUELO".
Fecha: 29/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17
	        Solicitar al Poder 
Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos correspondientes, informe 
sobre las 15.244 viviendas que con fecha 24 de de enero de 2011 fueron 
anunciadas por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la Nación Lic. 
Amado Boudou, en el marco del "Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la 
Cuenca" lo siguiente:
	        
	        
	        a)	Construcción de 
Viviendas. Informe si el anuncio realizado por el Ministro de Economía y 
Finanzas Públicas Lic. Amado Boudou el 24 de enero del corriente año sobre la 
construcción de viviendas complementa o sustituye al Subprograma Federal de 
Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios. Especifique en ambos 
supuestos cual será la opción implementada por el Ejecutivo Nacional.
	        
	        
	        b)	Licitación. Determine si 
las obras anunciadas se encuentran en proceso de licitación o fueron licitadas. 
En caso que la respuesta sea afirmativa indique fecha del llamado a licitación y 
apertura de sobres, nombre de los oferentes y cantidad de los mismos, montos 
de las ofertas, y quién ha resultado adjudicatario determinando si son personas 
físicas o jurídicas. Adjuntar planillas de licitación detallando nómina de los 
oferentes y montos ofrecidos por cada uno de los participantes.
	        
	        
	        c)	Monto de la Obra. 
Indicar el costo total de la obra y el valor monetario por unidad 
habitacional.
	        
	        
	        d)	Plazo. Plazo total de la 
ejecución de la Obra anunciada por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas 
de la Nación Lic. Amado  Boudou
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        La Cuenca del Río 
Matanza-Riachuelo abarca los partidos bonaerenses de Lanús, Avellaneda, 
Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante 
Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente y General Las 
Heras.
	        
	        
	        Con fecha 8 de Julio de 2008, la 
Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, C.S.J.N.), en el fallo 
recaído en la causa "Mendoza, Beatriz Silvia y Otros c/ Estado Nacional y Otros 
s/ Daños y Perjuicios" (daños derivados de la contaminación ambiental del Río 
Matanza - Riachuelo M. 1569. XL. ORIGINARIO), ordenó sanear la Cuenca 
Matanza Riachuelo. 
	        
	        
	        En dicho fallo, 
nuestro máximo Tribunal condenó al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos 
Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a ejecutar un programa de 
saneamiento que detalla en dicha resolución. Con respecto al programa integral 
para el saneamiento, la sentencia establece que "el Estado Nacional, la 
Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son 
igualmente responsables en modo concurrente con la ejecución de dicho 
programa".
	        
	        
	        Con respecto al Programa Integral 
para el Saneamiento Ambiental (en adelante PISA), la sentencia estableció que 
se presentara públicamente el estado de avance y plazos del Subprograma 
Federal de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios del 21 de 
noviembre de 2006, entre otras medidas. 
	        
	        
	        La ley Nacional N° 26.168 fue 
sancionada con el objeto de poner fin a la contaminación del Riachuelo y sanear 
la cuenca. Mediante esta norma se creó la Autoridad de la Cuenca Matanza-
Riachuelo (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional en el 
ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable la Nación. Es un 
organismo tripartito que integran el Estado nacional, la Provincia de Buenos 
Aires y la Ciudad de Buenos Aires.
	        
	        
	        En el artículo 1º de la Ley Nº 
26.168, se determina que la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo ejercerá 
su competencia en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo y en el artículo 2º  
describe su composición: estará compuesta por OCHO (8) integrantes, entre 
ellos el titular de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la 
Jefatura de Gabinete de Ministros, quien ejercerá la presidencia. Los restantes 
integrantes serán TRES (3) representantes del Poder Ejecutivo nacional, DOS 
(2) representantes de la provincia de Buenos Aires y DOS (2) representantes de 
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
	        
	        
	        Asimismo, la Ley Nacional N° 
26.168 dispone que el organismo presente informes anuales al Congreso 
Nacional. Hasta el presente no lo ha realizado. 
	        
	        
	        Es necesario resaltar que, 
lamentablemente, no se cuenta con la información actualizada sobre las 
medidas que la ACUMAR ha adoptado con el fin de cumplir con los objetivos 
para los que fue creada, debido a que el informe PISA, publicación de la 
ACUMAR, se encuentra actualizado a marzo de 2010. 
	        
	        
	        La contaminación de la cuenca 
Matanza-Riachuelo es un desastre socio-ambiental que afecta a más de cinco 
millones de personas que habitan en la cuenca. Entre otras medidas, se debe 
disponer la mejora de las condiciones urbanas de vida de aquellos vecinos que 
se vean afectados a potenciales riesgos para su salud por estar asentados en 
áreas cuyos niveles de contaminación son elevados. 
	        
	        
	        Esta crítica 
situación fue corroborada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien 
con fecha 6/4/10 estableció mediante resolución M. 1569. XL. un plazo de 
quince días para que la Autoridad de Cuenca, la Nación, la Provincia de Buenos 
Aires y la Ciudad de Buenos Aires,  realicen en forma conjunta y mediante una 
presentación única, "un informe circunstanciado sobre el íntegro y fiel 
cumplimiento llevado a cabo de todos los mandatos impuestos en la sentencia 
del 8 de julio de 2008". En dicho informe se "deberán señalar separadamente 
para cada uno de los objetivos y resultados establecidos, en forma sinóptica, 
con rigurosa precisión y mediante la utilización de pautas cuantitativas, el grado 
en que han sido alcanzados al 31 de marzo de 2010, cada uno de los 
objetivos y resultados que integraron el programa de ejecución obligatoria 
impuesta en el fallo". 
	        
	        
	        El PISA cuenta, dentro de un 
conjunto variado de obras, con la implementación del Subprograma Federal de 
Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios. 
	        
	        
	        "Este apartado se elaboró a fin de 
dar solución a la situación de precariedad habitacional de las familias residentes 
en villas y asentamientos de la CMR. El logro de ese objetivo requiere del 
trabajo articulado de diversas áreas gubernamentales en pos de la mejora de 
las condiciones de vida de la población involucrada" (1) . Según el informe PISA 
actualizado a marzo de 2010, esto implicaría "la consideración del hábitat como 
encuadre teórico de la formulación del Plan, lo que supone no sólo la mejora en 
el aspecto restringido de la vivienda, sino del "conjunto de bienes y servicios 
(...) cuya función es satisfacer las necesidades y expectativas de refugio, 
soporte, identificación e inserción social" de las familias" (2) . 
	        
	        
	        Su finalidad consistiría en "mejorar 
la situación urbano-habitacional de los pobladores ubicados en las villas y 
Asentamientos de la CMR" (3) .Y su propósito consistiría en "generar procesos 
de mejora urbano-habitacional de la población residente en villas y 
asentamientos de la CMR, priorizando especialmente aquella que se encuentra 
en situación de mayor vulnerabilidad" (4) . 
	        
	        
	        Por medio de esta operatoria, que 
consta de diversos componentes, se preveía relocalizar las familias residentes 
en los diferentes barrios asentados en las zonas ribereñas, con grados elevados 
de contaminación y con potenciales riesgos para la salud de la población. 
	        
	        
	        Según la Subsecretaría de 
Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, al 31 de agosto de 2010, ninguna de 
las obras de infraestructura urbana y ninguno de los 812 mejoramientos fueron 
concluidos. Habrían en ejecución un 13,35% de las obras, ninguno de los 
mejoramientos, y 514 de las 3165 viviendas habrían sido ejecutadas, un 
16,24%. Casi nada se hizo (5) . 
	        
	        
	        A pesar del notorio retroceso en 
este programa nacional, el ministro Boudou anunció "la  disposición  de fondos 
para construir viviendas" para  "las personas que viven a la vera de uno de los 
cursos de agua más contaminados del planeta" (6) , el pasado 24 de enero de 
2011.
	        
	        
	        El Ministro también 
prometió 3.173 millones de pesos para la construcción de 17.771 viviendas 
sociales en la Capital y en el territorio bonaerense. Y declaró que estos 
proyectos tendrían un plazo de ejecución de 24 meses;  si bien, desde la 
sentencia de la Corte pasaron más de dos años y desde el anuncio oficial 
cuatro.
	        
	        
	        El funcionario expresó que, del 
total de viviendas, 15.244 pertenecen a la provincia de Buenos Aires pero que 
su ubicación no estaba determinada a la fecha. 
	        
	        
	        Frente a este anuncio es que 
buscamos indagar, fundamentalmente, si este programa se constituye en 
reemplazo del "plan de construcción de viviendas sociales" que fue anunciado 
por Romina Picolotti, en 2006, o si es complementario del mismo;  y si las obras 
previstas fueron licitadas. Asimismo, pretendemos conocer el comienzo de 
ejecución de obras, la localización, el costo unitario por vivienda y otros detalles 
relacionados con este asunto. 
	        
	        
	        Por todo lo expuesto solicitamos a 
los Diputados y las Diputadas que nos acompañen con su voto en el presente 
proyecto de resolución.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA | 
| QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA | 
| MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA | 
| BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) | 
| VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO |