Héctor W. Baldassi
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4568-D-2015
Sumario: COMISION BICAMERAL PERMANENTE DE SEGUIMIENTO Y CONTROL AL PODER EJECUTIVO EN MATERIA DE CAMBIO CLIMATICO. CREACION EN EL AMBITO DEL CONGRESO DE LA NACION.
Fecha: 25/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
	        CREACIÓN DE LA COMISIÓN 
BICAMERAL PERMANENTE DE SEGUIMIENTO Y CONTROL AL PODER 
EJECTIVO EN MATERIA DE CAMBIO CLIMATICO
	        
	        
	        ARTÍCULO 1º: Créase, en 
el ámbito del Honorable Congreso de la Nación Argentina, la Comisión 
Bicameral Permanente de Seguimiento y Control al Poder Ejecutivo en materia 
de Cambio Climático que tendrá a su cargo la revisión de los programas, planes 
y medidas impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional a través de sus 
ministerios, secretarias y otras dependencias en materia de adaptación y 
mitigación al cambio climático y el estado de implementación de los 
mismos.
	        
	        
	        ARTÍCULO 2º: La 
Comisión, estará conformada por: siete (7) senadores de la Nación, en 
proporción a la representación política de la Cámara; y siete (7) diputados de la 
Nación, en proporción a la representación política de la Cámara.
	        
	        
	        ARTÍCULO 3º: Los 
miembros de la Comisión y sus autoridades durarán dos años en sus 
funciones.
	        
	        
	        ARTÍCULO 4º: La 
Comisión dictará y aprobará su propio reglamento interno, contratará el 
personal necesario para su funcionamiento y designará a sus respectivas 
autoridades. El quórum se conforma con siete miembros. Las decisiones se 
adoptan por mayoría de los presentes, salvo los casos en que por Resolución se 
requieran mayorías especiales.
	        
	        
	        ARTÍCULO 5º: El objeto 
de la Comisión es realizar un seguimiento de todas las medidas implementadas 
por el Poder Ejecutivo Nacional con la finalidad de regular en materia de 
Cambio Climático.
	        
	        
	        ARTÍCULO 6º: La 
Comisión tendrá las facultades y atribuciones suficientes para requerir la 
presencia de cualquier funcionario público cuando lo considere oportuno. 
Asimismo, podrá solicitar informes, documentación o datos de las instituciones 
dependientes del Poder Ejecutivo Nacional, Ministerios, empresas públicas, 
entes autárquicos o cualquier otro organismo nacional o internacional que fuere 
necesario para el cumplimiento el objeto de la presente ley.
	        
	        
	        ARTÍCULO 7º: La 
Comisión deberá producir un informe anual que contenga un detalle de las 
medidas implementadas en materia de Cambio Climático y su grado de 
implementación.
	        
	        
	        El informe será presentado ante 
ambas Cámaras del Congreso de la Nación y deberá publicarse en los Diarios de 
Sesiones y sitios Web de ambas Cámaras. Asimismo, el informe será remitido 
con copia al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial para su conocimiento.
	        
	        
	        ARTÍCULO 8º: La 
Comisión comenzará sus actividades dentro de los 60 días corridos, contados a 
partir de la aprobación de la presente ley.
	        
	        
	        ARTÍCULO 9º: La 
Comisión contará con su propio presupuesto, el que será incluido en el 
presupuesto del Poder Legislativo Nacional, con el cual se solventarán los 
gastos que demande su funcionamiento.
	        
	        
	        ARTÍCULO 10: 
Comuníquese al Honorable Senado.
	        
	        
	        ARTÍCULO 11: De 
forma.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El presente proyecto de resolución tiene 
como finalidad la creación de una Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y 
Control al Poder Ejecutivo en materia de Cambio Climático, que aborde seriamente la 
temática y asegure la implementación de las medidas necesarias la mitigación y 
adaptación al cambio climático en nuestro país.
	        
	        
	        La República Argentina, consciente de la 
importancia del ambiente, incluyó explícitamente su cuidado en la Constitución 
Nacional.
	        
	        
	        El artículo 41º de nuestra 
Carta Magna dice que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, 
equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas 
satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y 
tienen el deber de preservarlo."
	        
	        
	        La Conferencia de las Naciones Unidas 
sobre Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992) abrió a la firma de los Estados la 
Convención Marco sobre Cambio Climático que se firmó en Nueva York con el fin de 
estabilizar "las concentraciones atmosféricas de gases de efecto de invernadero en un 
nivel que prevenga una perturbación antropogénica peligrosa del sistema climático". La 
Convención acuerda estabilizar para el año 2000 las emisiones de dióxido de carbono 
(CO2), a los niveles del año 1990 y luego reducirlos progresivamente. La Argentina 
aprobó la convención marco por la Ley 24.295.
	        
	        
	        La Convención quedó complementada, el 
11 de diciembre de 1997, con el Protocolo de Kyoto que se propuso como objetivo la 
reducción de un 5,2% de las emisiones de gases de efecto invernadero globales, 
tomando como base los niveles de 1990, para el período 2008-2012.
	        
	        
	        Nuestro país ha participado activamente 
en las negociaciones que condujeron al establecimiento de la CMNUCC y del Protocolo 
de Kyoto.
	        
	        
	        La próxima Conferencia de las Partes 
(COP21) tendrá lugar en París en diciembre del presente año. Allí se asumirán 
compromisos vinculantes por los países participantes para reducir los gases de efecto 
invernadero (GEI) persiguiendo limitar el incremento de la temperatura global a 2°C 
respecto a la era preindustrial. En una reunión recientemente realizada, el G7 se 
comprometió a descarbonizar totalmente sus economías para el 2100. Este es un 
mensaje político en miras a cerrar un acuerdo en París que garantice una meta global a 
largo plazo. En este orden de ideas, consideramos que es crucial que la Argentina 
aborde el tema de la gestión del cambio climático como política de estado. 
	        
	        
	        Cuando hablamos de cambio climático 
estamos haciendo referencia a la variación significativa y persistente del clima durante 
un período largo de tiempo, susceptible de producir impactos en el medio físico, 
económico y social. Esta nueva situación climática debe llamar la atención a la 
sociedad, y en particular a su dirigencia política, acerca del real significado que posee 
en Argentina, cuyas consecuencias tienden a agravarse en el largo plazo, con impactos 
sociales y económicos que tenderán a ampliarse y profundizarse.
	        
	        
	        En la 3ra Comunicación Nacional de la 
República Argentina a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio 
Climático de fecha 26 de junio 2015 (1)  se subrayó que las proyecciones indican en 
promedio un aumento de los índices extremos relacionados con las altas temperaturas y 
las precipitaciones extremas en la mayoría de las regiones del país.
	        
	        
	        Son ya numerosos los expertos en temas 
climáticos que señalan que en la zona central de la Argentina se ha producido en los 
últimos 30 años un aumento en los niveles de precipitaciones que ronda en un promedio 
del 40%, llegando en algunos sitios a ser del 50%. Estos aumentos se registraron en las 
últimas tres décadas. 
	        
	        
	        Como consecuencia, en la región centro de 
nuestro país se han producido inundaciones con impactos catastróficos en lo económico 
y social ejemplo de ello es la inundación de Santa Fe de 2003 o la recientemente 
ocurrida en Córdoba en 2015 con crecidas que dejaron pueblos bajo el agua, más de 
5000 evacuados y 12 muertos. Al factor climático, se suman los desmontes, la falta de 
obras de infraestructura, las urbanizaciones no planificadas, los efectos del monocultivo 
en la tierra y la inclusión de flora no autóctona, elementos que, según coinciden los 
especialistas, contribuyen a los desastres ocurridos en la zona centro del país. 
	        
	        
	        Los perjuicios de estos eventos se ven 
agravados por la falta de conocimiento de esta nueva problemática por parte de los 
profesionales llamados a instrumentar las soluciones, ya que casi siempre siguen 
aplicando métodos y recetas que son sólo válidos en un contexto de clima estable.
	        
	        
	        El cambio climático también complicará el 
panorama con la previsible suba en el nivel del mar, ya que este aumento hará que los 
efectos de las sudestadas sean más severos sobre el Río de la Plata. Esto dificultará aún 
más el natural escurrimiento de aguas interiores hacia el mar generando mayores 
problemas en toda la ribera, las zonas bajas de las cuencas de los ríos y arroyos 
tributarios y en el delta del Paraná. A más largo plazo, 50 a 100 años, se espera la 
inundación de un área aún no determinada de la costa de la Bahía de Samborombón y la 
probable salinización de los acuíferos al sur de la ciudad de Buenos Aires.
	        
	        
	        Algunos impactos del cambio climático 
pronosticados para Argentina son: aumento de la temperatura media en el norte del país, 
la disminución en la zona cordillerana, el aumento en el nivel del mar y del Río de la 
Plata, con los consecuentes "daños colaterales" como dificultades en la provisión de 
agua potable, enfermedades tropicales (dengue), "stress hídrico", o mayor riesgo de 
incendios forestales. 
	        
	        
	        Los ejemplos citados hacen imprescindible 
el urgente diseño de políticas públicas para hacer frente a las posibles consecuencias 
dañinas del cambio climático, que ya viene afectando a todo el territorio nacional. 
	        
	        
	        El cambio climático plantea un escenario 
de mayores eventos meteorológicos extremos y se hace muy difícil que la adaptación al 
mismo pueda mitigar totalmente sus efectos. Esto significa que en este escenario se 
harán más frecuentes las llamadas "catástrofes" climáticas, lo que supondría tener que 
aumentar nuestra capacidad de respuesta ante estos eventos. Ello evidencia la necesidad 
de implementación de un plan de emergencia impulsado por el Poder Ejecutivo nacional 
con especial foco en poblaciones en zonas de riesgo.  
	        
	        
	        Es importante resaltar que si bien el 
cambio climático plantea un desafío de enormes proporciones para la comunidad 
internacional y sus consecuencias afectarán a cada región del planeta, son los países más 
pobres los más vulnerables al mismo. Estos países son los que, por lo general, basan sus 
economías en una fuerte dependencia de los ecosistemas naturales y el clima, ya sea por 
la agricultura, pesca o silvicultura. Esto produce una alta vulnerabilidad de estas 
economías que son fuertemente dependientes de cualquier cambio en el sistema 
climático y los impactos que éste pueda generar en los ecosistemas. En la Argentina ya 
puede verse con contundencia esta situación cuando se evalúan económicamente los 
impactos que las inundaciones en la pampa húmeda ocasionan en términos de pérdidas 
de cosechas, ganado e infraestructura productiva.
	        
	        
	        La economía argentina es altamente 
vulnerable a los cambios en temperatura y precipitación debido a su perfil productivo, 
considerando que depende en un 19% del PIB del sector agro-exportador primario y de 
las industrias manufactureras asociadas a dicho sector (MAGyP, 2011), así como de la 
producción de energía eléctrica a partir de hidroelectricidad (40%) en las vertientes de 
los ríos originarios de la Cordillera de los Andes. Según los modelos predictivos de la 
CEPAL, bajo los escenarios de supuestos más conservadores (CEPAL, 2012), la 
proyección del costo económico del cambio climático es equivalente al 5% del PIB para 
el 2020 a 12% del PIB en el 2100. 
	        
	        
	        Según el último estudio de la Dirección de 
Cambio Climático (año 2000) la "contribución" argentina en la emisión de GEIs es del 
0,84%, que sitúa al país, por volumen, en el puesto 25 a nivel mundial y en el 53 en las 
emisiones per cápita. En América Latina, Argentina está tercera, después de México y 
Brasil. De acuerdo a la Segunda Comunicación Nacional de Argentina (SAyDS, 2007) 
con datos del 2000 las emisiones corresponden a: Energía con 47% (53% de gas natural, 
45% derivados del petróleo, 1.2% carbón mineral, y 0.3% biomasa); Agricultura y 
ganadería con 44% (52% de óxido nitroso y 48% de metano); residuos con 5%; y 
procesos industriales con 4%. Cabe destacar que del total de las emisiones en el sector 
de energía, cerca de dos terceras partes corresponden al sector transporte. El resto 
corresponde principalmente a emisiones de la generación térmica distribuida, que han 
incrementado la utilización de diesel y gas oil, sustituyendo al gas natural.
	        
	        
	        Para que la Argentina pueda reducir las 
emisiones citadas, es necesaria una definición política del más alto nivel que defina el 
perfil productivo del país en los próximos 30 años. Esto significa que hay que 
transformar la generación de energía, la infraestructura, el transporte, la agricultura y 
gestión de residuos. De esta forma, el cambio climático impone grandes desafíos éticos, 
políticos y económicos que solo pueden ser encarados a partir de un plan de gestión con 
alcance nacional. 
	        
	        
	        En general, se puede concluir que a la 
fecha Argentina ha dado los primeros pasos a nivel macro y a nivel federal para sentar 
las bases de una gestión pública que integre el concepto de cambio climático. Esto se 
refleja en el desarrollo de disposiciones legales, normativas, participación en acuerdos 
internacionales, y programas piloto de inversión a pequeña escala. No obstante, los 
avances realizados, existen aún grandes vacíos de gestión y de inversión para abordar en 
forma integral y efectiva los desafíos del cambio climático. A la fecha, el desarrollo de 
sectores productivos como energía, trasporte, agricultura, entre otros, así como los 
patrones de crecimiento urbano siguen un patrón de alto impacto ambiental y uso 
intensivo de recursos naturales y energéticos convencionales no renovables. Esto refleja 
que a nivel de políticas e inversiones sectoriales queda mucho por hacer para alcanzar 
modelos sostenibles de reducción de huella de carbono, así como para que cada sector 
internalice medidas de adaptación. 
	        
	        
	        La asignación del presupuesto 2015 da una 
señal clara del foco del estado nacional, el 61% de los gastos se destinan a las funciones 
vinculadas a energía y minería, el 28% al transporte y solo un 1,3% a temas vinculados 
a medio ambiente y ecología. Por su parte, las partidas presupuestarias que se derivan de 
la utilización de fondos nacionales que se destinan a bosques o que correspondería 
destinar a glaciares, son menores a lo que debieran ser o carecen de un monto 
identificable. Esta asignación de recursos es contraria a la formulación de un plan 
contundente de gestión de cambio climático ya que se promueven medidas de corto 
plazo y de alto impacto ambiental en detrimento de una estrategia de sustentabilidad de 
largo plazo. 
	        
	        
	        En general, debido a su abundancia 
relativa de recursos, hay una percepción generalizada de que en Argentina no existe un 
problema ambiental o que las vulnerabilidades y riesgos frente al deterioro ambiental y 
el cambio climático es bajo y la política no hay puesto su foco prioritario en estos 
asuntos.  En este escenario, creemos que es crucial la existencia de una Comisión 
Bicameral Permanente de Seguimiento y Control al Poder Ejecutivo en materia de 
Cambio Climático que controle la implementación de la política nacional en materia de 
cambio climático. 
	        
	        
	        La creación de una Comisión Bicameral 
Permanente de Seguimiento y Control al Poder Ejecutivo en materia de Cambio 
Climático, permitirá no solo incorporar la gestión del cambio climático en la agenda 
pública sino también asegurar un control más eficiente del manejo de los problemas 
globales que enfrenta el país en materia de cambio climático, dando un seguimiento 
regular a las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo Nacional en esta materia, 
para beneficio del país en su conjunto. 
	        
	        
	        La política estatal sobre cambio climático 
debe tender a contrarrestarlo, garantizando la seguridad del suministro de energía, 
promoviendo mercados competitivos dentro y fuera de la Argentina, así como 
contribuyendo a elevar el índice de crecimiento económico sustentable y a mejorar la 
productividad. 
	        
	        
	        La labor realizadas por la Comisión 
Bicameral Permanente de Seguimiento y Control al Poder Ejecutivo en materia de 
Cambio Climático permitirá asignar mayor énfasis a proteger y mejorar el medio 
ambiente natural para la salud y bienestar de todos, así como para proteger la vida 
silvestre y resguardar a la población de los riesgos ambientales propios del cambio 
climático. 
	        
	        
	        La mitigación del cambio climático 
plantea verdaderos desafíos financieros, tecnológicos y políticos. De no prestarle 
atención, nos conducirá a grandes retrocesos en el desarrollo humano durante el siglo 
XXI. Debemos buscar los medios y asumir la responsabilidad de evitar ese resultado. La 
mitigación precautoria del cambio climático es un reaseguro esencial para impedir 
mayores daños.
	        
	        
	        Por lo expuesto, creemos que desde el 
Estado Nacional se debe propender a tomar todos los cursos de acción que sean 
necesarios para tratar el tema con la urgencia que merece. Sin duda la educación y la 
información a la población deben ser prioritarias para lograr la concientización en la 
materia.
	        
	        
	        Es por ello que una participación pública 
que asegure la sostenibilidad ambiental reviste una importancia crucial y la 
participación regional e internacional a través de la firma de convenios, hace que el 
esfuerzo nacional sea mancomunado y respetuoso del trabajo que se viene llevando a 
cabo en distintos países del mundo y en diferentes foros internacionales.
	        
	        
	        Tengo el convencimiento que una 
Comisión Bicameral específica, le dará la magnitud, importancia y jerarquía que el tema 
necesita.
	        
	        
	        Por todo lo antes expuesto, solicito a mis 
pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO | 
| SCHWINDT, MARIA LILIANA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR | 
| SPINOZZI, RICARDO ADRIAN | SANTA FE | UNION PRO | 
| DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | CONSERVADOR POPULAR | 
| BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO | 
| LASPINA, LUCIANO ANDRES | SANTA FE | UNION PRO | 
| SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) | 
| PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA |